En Colombia, los derechos de los niños y niñas son prevalentes y priman sobre cualquier consideración
Bogotá, D. C.
Viernes 23 de Mayo de 2025 - 08:56 AM

Con fundamento en el principio constitucional del interés superior del niño, consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, hacemos un llamado firme y respetuoso a todos los medios de comunicación del país a ejercer su valiosa labor con sensibilidad, ética y profundo compromiso con la protección de la niñez.
El Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006) establece a cabalidad la obligación de salvaguardar los derechos de los niños, niñas y adolescentes. El artículo 33 garantiza su derecho a la intimidad personal y familiar, y prohíbe toda forma de exposición pública que afecte su imagen y dignidad.
Por su parte, el artículo 47, entre las responsabilidades especiales de los medios de comunicación, reafirma el derecho de la niñez al buen nombre, la honra y la reputación, principios que deben ser preservados ante cualquier forma de estigmatización, especialmente en contextos judiciales, familiares o de vulnerabilidad.
Adicionalmente, los artículos 18 y 19 aseguran su derecho a la integridad personal, libre de tratos crueles, inhumanos o degradantes, y protegen su bienestar físico, emocional y psicológico.
Instamos a quienes ejercen el oficio periodístico, la comunicación y la publicación de contenidos a través de plataformas digitales a abstenerse de divulgar nombres, imágenes, detalles o datos personales de menores de edad que puedan vulnerar los derechos contemplados en el marco legal colombiano.
Confiamos en el compromiso ético de todos los medios de comunicación y en su rol esencial en la construcción de una sociedad más justa, en la quelos derechos de nuestros niños y niñas se respeten, se defiendan, se promuevan y se protejan activamente.
Porque en Colombia, los derechos de la niñez están por encima y prevalecen sobre los derechos de los demás.
Por su parte, el artículo 47, entre las responsabilidades especiales de los medios de comunicación, reafirma el derecho de la niñez al buen nombre, la honra y la reputación, principios que deben ser preservados ante cualquier forma de estigmatización, especialmente en contextos judiciales, familiares o de vulnerabilidad.
Adicionalmente, los artículos 18 y 19 aseguran su derecho a la integridad personal, libre de tratos crueles, inhumanos o degradantes, y protegen su bienestar físico, emocional y psicológico.
Instamos a quienes ejercen el oficio periodístico, la comunicación y la publicación de contenidos a través de plataformas digitales a abstenerse de divulgar nombres, imágenes, detalles o datos personales de menores de edad que puedan vulnerar los derechos contemplados en el marco legal colombiano.
Confiamos en el compromiso ético de todos los medios de comunicación y en su rol esencial en la construcción de una sociedad más justa, en la quelos derechos de nuestros niños y niñas se respeten, se defiendan, se promuevan y se protejan activamente.
Porque en Colombia, los derechos de la niñez están por encima y prevalecen sobre los derechos de los demás.