El término consentimiento sexual se refiere a estar explícitamente de acuerdo con realizar acciones de índole sexual. Así, si quieres tener alguna acción sexual con alguien, ya sea presencial o virtual, esa persona debe consentir con un «sí» que sea suficientemente claro y manifiesto antes de ir a la acción; y tanto tú como esa persona tienen derecho a cambiar de decisión en cualquier momento.
En este sentido, el consentimiento debe ser informado, libre, entusiasta, específico y reversible.
En Colombia, la edad establecida para dar consentimiento son los 14 años. Por eso, cualquier acto sexual con niños, niñas y adolescentes menores de 14 años se considera violencia sexual y es un delito.
Sin embargo, aunque se trate de un o una adolescente o joven mayor de 14 años, existen otros componentes que afectan la capacidad de dar consentimiento libre y voluntariamente:
En este sentido, el consentimiento debe ser informado, libre, entusiasta, específico y reversible.
En Colombia, la edad establecida para dar consentimiento son los 14 años. Por eso, cualquier acto sexual con niños, niñas y adolescentes menores de 14 años se considera violencia sexual y es un delito.
Sin embargo, aunque se trate de un o una adolescente o joven mayor de 14 años, existen otros componentes que afectan la capacidad de dar consentimiento libre y voluntariamente:
- Personas en incapacidad de resistir: cuando no se tiene la posibilidad o capacidad de comprender la relación sexual o dar consentimiento, debido a que se le sitúa en una condición psíquica inferior, como presentar un trastorno mental que le impida comprender o consentir relaciones sexuales o estar bajo consumo de alcohol o sustancias psicoactivas.
- Aprovechamiento: cuando hay condiciones de poder inequitativas, desigualdad o inequidad; estas pueden ser en relación con la edad, rol social, entre otras.
- Superioridad manifiesta: cuando el consentimiento manifestado se encuentra mediado por el aprovechamiento de condiciones de dependencia emocional, económica o de protección.
- Ser pareja no obliga a tener que dar el sí siempre que la otra persona quiera.
- Si la otra persona está bajo efectos de alcohol o sustancias psicoactivas y te dijo «sí», ese consentimiento no es válido.
- No se puede interpretar el consentimiento por actitudes, por una manera de vestir o por el lugar donde estás.