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Código FAQ: 
PSP01008

¿Qué trámite debe seguir el Defensor de Familia para dar el permiso de salida del país cuando el niño carezca de representante legal, se desconozca el paradero de uno de sus padres o alguno de ellos no se encuentre en condiciones de otorgarlo?

Respuesta:

El Defensor de Familia ordenará citar a los padres o al representante legal del niño. Si dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación legal de la citación ninguno de los convocados se opone a otorgar el permiso, el Defensor de Familia solicitará las pruebas que estime necesarias y decidirá sobre el permiso solicitado.

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