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Vinculación de practicantes y judicantes


 

¿De qué se trata?

Consiste en que los estudiantes manifiesten su interés de realizar la práctica universitaria o judicatura en el ICBF (Ley 1322 de 2009 y Ley 1780 de 2016).

 
 

¿A quién está dirigido?

A estudiantes que se encuentren cursando programas en las modalidades de pregrado en instituciones de educación superior en las facultades de Derecho, Ciencias Políticas, Trabajo Social, Psicología, Lenguas, Ingeniería Industrial y Administración Pública.

 
 

¿A quién debe solicitarse?

A la Dirección de Gestión Humana en la Sede de la Dirección General o a la oficina de Gestión Humana de la dirección regional más cercana a la residencia del interesado.

 

¿A dónde dirigirse?

Dirección de Gestión Humana en la Sede de la Dirección General u Oficinas de Gestión Humana de la Sede Regional más cercana a la residencia del interesado.

Cobertura

Según las necesidades de la entidad.  

Requisitos de Ley

Practicantes

  • Carta de presentación del estudiante dirigida al ICBF por parte de la Institución de Educación Superior (IES).
  • Copia de la afiliación a seguridad social o medicina prepagada. El ICBF es el responsable de la afiliación a la ARL.
  • Hoja de vida.
  • Fotocopia de la cédula.
  • Certificados de antecedentes judiciales, certificado de Antecedentes Disciplinarios (Procuraduría) y certificado de antecedentes de Responsabilidad Fiscal (Contraloría).

Es importante que los interesados conozcan que la práctica tiene una duración de seis meses y está sujeta a las necesidades existentes en la Sede de la Dirección General, la direcciones regionales o centros zonales.

El ICBF no asigna ningún tipo de rubro para los practicantes.

Judicantes

  • Copia de la afiliación a Seguridad Social o Medicina Prepagada. El ICBF es el responsable de la afiliación a la ARL.
  • Hoja de vida
  • Fotocopia de la cédula.
  • Certificados de antecedentes judiciales, certificado de Antecedentes Disciplinarios (Procuraduría) y certificado de antecedentes de Responsabilidad Fiscal (Contraloría)

Solo aplica para los estudiantes de Derecho que hayan culminado y aprobado la totalidad de las materias comprendidas en el pénsum académico. Para realizar las judicaturas no hay necesidad de ningún convenio; la duración es de nueve meses y está sujeta a la necesidad de la Sede de la Dirección General, direcciones regionales o centros zonales.

Si el ciudadano cumple con todos los requisitos y adjunta carta de presentación del estudiante por parte de la Institución de Educación Superior, se le enviará una respuesta en la que se le indicará que debe acercarse a la Dirección de Gestión Humana de la Sede de la Dirección General o a la dirección regional, según corresponda, y entregar allí los documentos. Allí se le informará el tramite a seguir.

Auxiliares Ad honorem

Sólo los perfiles contemplados en Ley 23 del 21 de marzo de 1991 (egresados de las facultades de Derecho, Trabajo Social, Psicología, Medicina, Psicopedagogía y Terapia Familiar).

  • Hoja de vida
  • Fotocopia de la cédula.
  • Certificados de Policía, Controlaría y Procuraduría
  • Copia de la afiliación a Seguridad Social o Medicina Prepagada. El ICBF es el responsable de la afiliación a la ARL.
  • Fotocopia del Título de grado

Voluntariado

La vinculación de voluntarios no es con el ICBF, debido a que solo se realiza la vinculación de practicantes, judicantes y ad honorem. En caso que un ciudadano solicite información se le debe indicar que debe acercarse a las Entidades Administradoras de Servicio (Operadores).


Para acceder al presente trámite o servicio, debe solicitarlo por ESCRITO.

 

Canales de Atención a la Ciudadanía

 

Contacto Telefónico Ciudadanos


  • Línea gratuita nacional de bienestar: 01 8000 91 80 80 desde cualquier parte del país a la o
  • Líneas telefónicas de las Sedes Regionales y Centros Zonales.
  • Línea 141: Línea de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes.
  • PBX: (57 1) 437 76 30 en Bogotá, D. C.,

Atención Presencial


Con el fin de recibir orientación sobre los trámites y solicitudes que puede presentar ante el Instituto; así como también puede presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias, en la Sede Principal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, en la Avda. Carrera 68 No. 64C-75 de la ciudad de Bogotá, D. C., o en cualquiera de las Sedes Regionales y Centros Zonales del país.

Canal Virtual


En la página web del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, www.icbf.gov.co, la ciudadanía podrá consultar información específica respecto al quehacer institucional del ICBF; y para presentar solicitudes, uticile los canales de atención como el chat y el formulario de solicitudes PQRS.
Adicionalmente, puede comunicarse con el ICBF a través del Correo Electrónico para Atención a la Ciudadanía y desde las redes sociales en Twitter @icbfcolombia y Facebook: /ICBFColombia.

Por escrito


Los ciudadanos podrán solicitar información, presentar solicitudes, derechos de petición, quejas, reclamos y sugerencias, mediante cualquier medio idóneo o comunicación escrita que podrá ser radicada en las instalaciones de la sede principal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o en cualquiera de las sedes regionales y centros zonales del país.

 
También se encuentran disponibles el Correo Electrónico para Atención a la Ciudadanía y las redes sociales en Twitter @icbfcolombia y Facebook /ICBFColombia.
 
 

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