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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Ubicación

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ


RESOLUCION No. 096 (01 de agosto de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-035, en contra de la señora GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ, identificada con cédula número 1122784386 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra de la señora GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ, identificada con cédula número 1122784386, por concepto de la obligación contenido en la por acta de compromiso y acta de lectura de resultados realizada en el despacho de la Defensoría de Familia, correspondiente al valor total de la prueba genética por la suma de SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($637.572) m/cte., debidamente indexada más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR a la señora GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ, identificada con cédula número 1122784386, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR a la señora GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ, identificada con cédula número 1122784386, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048010022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño y/o Fax 7230530 CUARTO: ADVERTIR a la señora GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ, identificada con cédula número 1122784386, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR A la señora GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ, identificada con cédula número 1122784386, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR A la señora GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ, identificada con cédula número 1122784386, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR A la señora GABRIELA ELIZABETH RAMOS DE LA CRUZ, identificada con cédula número 1122784386, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto.
Lunes, Agosto 6, 2018 - 16:15 Regional Nariño
NOTIFICACION POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

ALEXANDER BURITICA SOTO


RESOLUCION No. 097 (01 de agosto de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-036, en contra del señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, por concepto de la obligación contenido en la por acta de diligencia de reconocimiento y acta de lectura de resultados realizada en el despacho de la Defensoría de Familia, correspondiente al valor total de la prueba genética, por la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($660.256) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00394 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048025022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: ADVERTIR al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00394 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR Al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00394 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR Al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR Al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto.
Lunes, Agosto 6, 2018 - 16:15 Regional Nariño
NOTIFICACION POR PAGINA WEB. TRASLADO DE LIQUIDACIÓN DE CREDITO Traslado de Liquidación

YAMILE DEL PILAR CASTRO


AUTO San Juan de Pasto, 30 de julio de 2018 Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2018-013 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2018-013 Ejecutado: YAMILE DEL PILAR CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía número 27397074 Ejecutante: I.C.B.F. Regional – Nariño Por lo anteriormente expuesto, el Despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS ($1.830.437), monto generado en el transcurso del proceso 2018-013 que se sigue en contra de YAMILE DEL PILAR CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía número 27397074, de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a YAMILE DEL PILAR CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía número 27397074, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes
Lunes, Agosto 6, 2018 - 11:00 Regional Nariño
RESOLUCION No. 084 DEL 31 DE JULIO DE 2018 Terminación del Proceso

OSCAR HUMBERTO RODRIGUEZ. C.C. No. 80.501.864


RESOLUCION No. 084 DEL 31 DE JULIO DE 2018 MEDIANTE LA CUAL SE DECRETA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACION CONTENIDA EN LA SENTENCIA DE PATERNIDAD - PROCESO No. 00146/2008 A CARGO DEL SEÑOR OSCAR HUMBERTO RODRIGUEZ, IDENTIFICADO CON C.C. No. 80.501.864 - DE REEMBOLSAR EL COSTO DEPRUEBA DE ADN ALLÍ PRACTICADA POR UN VALOR DE $450.000.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 12:30 Regional Cundinamarca
Resolución Nº 023 de 2018 del 30 de julio de 2018 Terminación del Proceso

Sociedad K&G KLEIN GUERRERO LTDA.


resolución Nº 23 del 30 de julio de 2018, mediante la cual se ordena la remisión de una obligación
Jueves, Agosto 2, 2018 - 11:45 Regional Meta
Resolución No 160 Mandamiento de Pago

Juan Ricardo Castillo Tulcan CC 1084252 proceso 34 - 2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 160 de fecha 16/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 11:30 Regional Huila
Resolución No 161 Mandamiento de Pago

Sulay Alvarez Mendez CC 1.075.250.650 proceso 35-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 161 de fecha 16/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 11:15 Regional Huila
Resolución No 173 Mandamiento de Pago

Maria Fernanda Montealegre Facundo CC 1075306442 proceso 39-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 173 de fecha 12/06/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 11:00 Regional Huila, Centro Zonal Neiva
Resolución No 159 Mandamiento de Pago

Mariano Ospina Noriega CC18910573 proceso 33-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 159 de fecha 16/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:45 Regional Huila
Resolución No 157 Mandamiento de Pago

Jorge Luis Plazas Rodriguez CC 1.075.238317 proceso 31-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 157 de fecha 16/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:30 Regional Huila
Resolución No 134 Mandamiento de Pago

Leonidas Bastidas Losada CC 1.081.401.946 proceso


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 134 de fecha 02/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:15 Regional Huila
Resolución No 138 Mandamiento de Pago

Cesar Polanía Cardenas CC 1.079.183.421 proceso


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 138 de fecha 02/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:15 Regional Huila
Resolución No 133 Mandamiento de Pago

Lomelin Vidal Vargas CC 80737585 proceso 22-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 133 de fecha 02/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:00 Regional Huila
ORDEN DE EJECUCION Orden de Ejecución

ANTONIO PIÑA PINTO


RESOLUCION No 010 31 de julio de 2018 “Por Medio De La Cual Se Ordena Seguir Adelante La Ejecución” Referencia: Proceso De Cobro Coactivo ADN – 001-2018 Demandante: ICBF Regional – Amazonas Demandado: Antonio Piña Pinto. Identificación: 1.121.211.911 El funcionario ejecutor de la oficina jurídica de cobro coactivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Regional – Amazonas, en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por la Resolución 384 del 11 de febrero de 2008 por medio de la cual se adopta el reglamento interno de recaudo de cartera, la Resolución 2934 del 17 de julio de 2009 por medio de la cual se adopta el manual de Cobro Administrativo Coactivo, emanadas de la Dirección General del ICBF, la Ley 1066 de 2006, título VIII del Estatuto Tributario y la Resolución 0056 del 20 de marzo de 2018 proferida por la Dirección Regional, por medio de la cual se asignan funciones de ejecutor. CONSIDERANDO: Que la Jurisdicción Coactiva de la Regional Amazonas, libro mandamiento de pago en contra del señor ANTONIO PIÑA PINTO, identificado con cedula de ciudadanía No 1.121.211.911 mediante la Resolución No 007 del 13 de marzo de 2018, por valor de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($579.000) de capital, por la obligación contenida en la sentencia de fecha dos (02) de octubre de 2017, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Leticia – Amazonas, más los intereses moratorios causados diariamente a la tasa de usura certificada como tasa efectiva anual, hasta la fecha del pago total de la obligación. Que el mandamiento de pago fue notificado al demandado a través de la página Web del ICBF el 30 de mayo de 2018, toda vez que la única dirección física de notificación de la cual se tenía conocimiento, no se obtuvo respuesta positiva por parte de la empresa de correspondencia 472. Que a la fecha la obligación objeto de cobro coactivo no ha sido cancelada, ni se ha suscrito acuerdo de pago con la parte demandada. Que el mandamiento de pago quedo debidamente ejecutoriado el día 22 de junio de 2018, y al no hallarse causal de nulidad que pueda invalidar lo actuado, es del caso dar aplicación a lo establecido en el artículo 836 del Estatuto Tributario, en consecuencia vencido el termino para RESOLUCION No 010 de Fecha “Por Medio De La Cual Se Ordena Seguir Adelante La Ejecución” proponer excepciones y en silencio de la parte demandada, se ordenara seguir adelante la ejecución en contra del demandado. En mérito de lo expuesto: RESUELVE PRIMERO: ORDENESE seguir adelante la ejecución, del señor ANTONIO PEÑA PINTO, identificado con la cedula de ciudadanía No 1.121.211.911, en los términos del mandamiento de pago debidamente ejecutoriado. SEGUNDO: CONDENAR, al ejecutado al pago de los gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario. TERCERO: ORDENESE, practicar por parte del área financiera la liquidación de crédito. CUARTO: ADVERTIR, al deudor que de conformidad con lo establecido en el artículo 836 del Estatuto tributario, contra la presente decisión no procede recurso alguno. Dada en la ciudad de Leticia a los treinta y un (31) días del mes de julio de 2018.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 07:00 Regional Amazonas
AUTO DE FECHA 28 DE JULIO DE 2016- DEJA EN FIRME LIQUIDACION DE OBLIGACION Deja en Firme Liquidación

MARIO ROJAS LANCHEROS. C.C. 19.069.769


MEDIANTE AUTO DE FECHA 28 DE JULIO DE 2016, LA OFICINA DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO DEL ICBF- REGIONAL CUNDINAMARCA, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 401-2009 SEGUIDO EN CONTRA DEL SEÑOR MARIO ROJAS LANCHEROS, IDENTIFICADO CON C.C. No. 19.069.769, DEJA EN FIRME LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN POR LA SUMA DE $955.906.
Miércoles, Agosto 1, 2018 - 13:00 Regional Cundinamarca
AUTO DE FECHA 28 DE JULIO DE 2016- DEJA EN FIRME LIQUIDACION DE OBLIGACION Deja en Firme Liquidación

MARIO ROJAS LANCHEROS. C.C. 19.069.769


MEDIANTE AUTO DE FECHA 28 DE JULIO DE 2016, LA OFICINA DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO DEL ICBF- REGIONAL CUNDINAMARCA, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 401-2009 SEGUIDO EN CONTRA DEL SEÑOR MARIO ROJAS LANCHEROS, IDENTIFICADO CON C.C. No. 19.069.769, DEJA EN FIRME LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN POR LA SUMA DE $955.906.
Miércoles, Agosto 1, 2018 - 13:00 Regional Cundinamarca
AUTO DE FECHA 28 DE JULIO DE 2016- DEJA EN FIRME LIQUIDACION DE OBLIGACION Deja en Firme Liquidación

MARIO ROJAS LANCHEROS. C.C. 19.069.769


MEDIANTE AUTO DE FECHA 28 DE JULIO DE 2016, LA OFICINA DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO DEL ICBF- REGIONAL CUNDINAMARCA, DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 401-2009 SEGUIDO EN CONTRA DEL SEÑOR MARIO ROJAS LANCHEROS, IDENTIFICADO CON C.C. No. 19.069.769, DEJA EN FIRME LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN POR LA SUMA DE $955.906.
Miércoles, Agosto 1, 2018 - 13:00 Regional Cundinamarca
Auto 083 Proceso Ejecutivo, contra JOSE ASDRUBAL GONGORA SANDOVAL Deja en Firme Liquidación

JOSE ASDRUBAL GONGORA SANDOVAL


Notificación Auto 083 de fecha 10 de julio de 2018, por medio del cual se LIQUIDA CREDITO Y COSTAS PROCESALES, dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, JOSE ASDRUBAL GONGORA SANDOVAL, identificado con cedula No. 93.413.573
Miércoles, Agosto 1, 2018 - 09:45 Regional Tolima
Resolución No. 083 de 2018 por la cual se declara la remisión de una obligación Terminación del Proceso

Gabriel Rojas Rubio, C.C. No. 80.397.437


Notificación Resolución No. 083 del 31 de julio de 2018, por medio de la cual se declara la remisión de una obligación dentro del Proceso de Cobro Administrativo Coactivo 838-2014 – Gabriel Rojas Rubio, C.C. No. 80.397.437
Miércoles, Agosto 1, 2018 - 09:45 Regional Cundinamarca
ORDEN DE EJECUCIÓN NORVEY TORRES Orden de Ejecución

NORVEY TORRES


Resolución No. 12 del 27 de febrero de 2018, “Por medio de la cual se ordena seguir adelante la ejecución dentro del proceso con radiación No. 1870-2017
Martes, Julio 31, 2018 - 11:30 Regional Valle
RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCION JULIAN ANDRES ROJAS MASTARRENO Prescripción

JULIAN ANDRES ROJAS MASTARRENO


Resolución No. 2 del 30 de mayo de 2018 “Por la cual se declara la prescripción de la obligación contenida en el Auto Interlocutorio No. 1905 del 30 de noviembre de 2011”
Martes, Julio 31, 2018 - 11:15 Regional Valle
RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCION QUIMOR S.A. Prescripción

QUIMOR S.A.


Resolución No. 5 del 30 de mayo de 2018, “Por la cual se declara la prescripción de la obligación contenida en la Liquidación de aportes No. 109757 del 22 de marzo de 2001"
Martes, Julio 31, 2018 - 11:00 Regional Valle
RESOLUCIÓN DE CONVERTIDORA DE PAPEL LTDA Prescripción

CONVERTIDORA DE PAPEL LTDA - COPAPEL LTDA.


Resolución no. 4 del 30 de mayo de 2018 “Por la cual se declara la prescripción de la obligación contenida en la Liquidación de aportes No. 35313 del 17 de noviembre de 1998”
Martes, Julio 31, 2018 - 11:00 Regional Valle
RESOLUCIÓN DE PRESCRIPCION SOLUCION INTEGRAL LTDA Prescripción

SOLUCION INTEGRAL LTDA


Resolución No. 3 del 30 de mayo de 2018, “Por la cual se declara la prescripción de la obligación contenida en la Resolución No. 3024 del 17 de septiembre de 2012, confirmada por la Resolución No. 4454 del 31 de diciembre de 2012”
Martes, Julio 31, 2018 - 10:45 Regional Valle
AUTO No.12 DE FECHA 17 DE JULIO DE 2018 Traslado de Liquidación

FARES ALEXANDER RIOS ARANGO


AUTO No. 12 DE 12 DE JULIO DE 2018 POR MEDIO DEL CUAL SE DISPONE LA LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1872-2017
Lunes, Julio 30, 2018 - 16:00 Regional Valle
RESOLUCION No. 078 DEL 26 DE JULIO DE 2018 Terminación del Proceso

CARLOS JAVIER BUSTOS GARZON- C.C. 79655044


RESOLUCION No. 078 DEL 26 DE JULIO DE 2018 MEDIANTE LA CUAL SE DECRETA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DEL SEÑOR CARLOS JAVIER BUSTOS GARZON, IDENTIFICADO CON C.C. No. 79.655.044, FIJADA MEDIANTE SENTENCIA EN PROCESO DE INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD No. 2008-0019 DE FECHA 21 DE JULIO DE 2009 DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE PACHO- CUNDINAMARCA, DONDE SE LE CONDENÓ A REINTEGRAR AL ESTADO EL COSTO DE LA PRUEBA DE ADN POR VALOR DE SEISCIENTOS MIL PESOS ($600.000) M.C.
Viernes, Julio 27, 2018 - 18:30 Regional Cundinamarca
RESOLUCION No. 078 DEL 26 DE JULIO DE 2018 Terminación del Proceso

CARLOS JAVIER BUSTOS GARZON- C.C. 79655044


RESOLUCION No. 078 DEL 26 DE JULIO DE 2018 MEDIANTE LA CUAL SE DECRETA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DEL SEÑOR CARLOS JAVIER BUSTOS GARZON, IDENTIFICADO CON C.C. No. 79.655.044, FIJADA MEDIANTE SENTENCIA EN PROCESO DE INVESTIGACIÓN DE PATERNIDAD No. 2008-0019 DE FECHA 21 DE JULIO DE 2009 DEL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE PACHO- CUNDINAMARCA, DONDE SE LE CONDENÓ A REINTEGRAR AL ESTADO EL COSTO DE LA PRUEBA DE ADN POR VALOR DE SEISCIENTOS MIL PESOS ($600.000) M.C.
Viernes, Julio 27, 2018 - 18:30 Regional Cundinamarca
RESOLUCION No. 077 DEL 26 DE JULIO DE 2018 Terminación del Proceso

FERLEY ORLANDO MORENO LEGUIZAMON. C.C. 80546483


RESOLUCION No. 077 DEL 26 DE JULIO DE 2018 MEDIANTE LA CUAL SE DECRETA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACION CONTENIDA EN SENTENCIA DE INVESTIGACION DE PATERNIDAD No. 0007-09 DE FECHA 28 DE ENERO DE 2009 PROFERIDA POR EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ZIPAQUIRÁ EN CONTRA DEL SEÑOR FERLEY ORLANDO MORENO LEGUIZAMON, DONDE SE LE CONDENÓ A REEMBOLSAR COSTO DE PRUEBA DE ADN POR VALOR DE CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS ($417.780).
Viernes, Julio 27, 2018 - 18:15 Regional Cundinamarca
RESOLUCION No. 077 DEL 26 DE JULIO DE 2018 Terminación del Proceso

FERLEY ORLANDO MORENO LEGUIZAMON. C.C. 80546483


RESOLUCION No. 077 DEL 26 DE JULIO DE 2018 MEDIANTE LA CUAL SE DECRETA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACION CONTENIDA EN SENTENCIA DE INVESTIGACION DE PATERNIDAD No. 0007-09 DE FECHA 28 DE ENERO DE 2009 PROFERIDA POR EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ZIPAQUIRÁ EN CONTRA DEL SEÑOR FERLEY ORLANDO MORENO LEGUIZAMON, DONDE SE LE CONDENÓ A REEMBOLSAR COSTO DE PRUEBA DE ADN POR VALOR DE CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS ($417.780).
Viernes, Julio 27, 2018 - 18:15 Regional Cundinamarca
RESOLUCION No. 077 DEL 26 DE JULIO DE 2018 Terminación del Proceso

FERLEY ORLANDO MORENO LEGUIZAMON. C.C. 80546483


RESOLUCION No. 077 DEL 26 DE JULIO DE 2018 MEDIANTE LA CUAL SE DECRETA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACION CONTENIDA EN SENTENCIA DE INVESTIGACION DE PATERNIDAD No. 0007-09 DE FECHA 28 DE ENERO DE 2009 PROFERIDA POR EL JUZGADO PROMISCUO DE FAMILIA DE ZIPAQUIRÁ EN CONTRA DEL SEÑOR FERLEY ORLANDO MORENO LEGUIZAMON, DONDE SE LE CONDENÓ A REEMBOLSAR COSTO DE PRUEBA DE ADN POR VALOR DE CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS ($417.780).
Viernes, Julio 27, 2018 - 18:15 Regional Cundinamarca