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Medidas Privativas de la Libertad


A continuación se relacionan dos modalidades:

Centro de Internamiento Preventivo - CIP

El Centro de Internamiento Preventivo es el servicio que presta atención a los adolescentes y/o jóvenes a quienes en virtud de lo establecido en la Ley 1098 de 2006, artículo 181, en cualquier momento del proceso y antes de la audiencia de juicio, el juez de control de garantías, como último recurso, decreta la detención preventiva cuando se dé uno cualquiera de los siguientes criterios de necesidad:

  • Riesgo razonable de que el adolescente se evadirá el proceso.
  • Temor fundado de destrucción u obstaculización de pruebas.
  • Peligro grave para la víctima, el denunciante, el testigo o la comunidad (…)”.

Preguntas Frecuentes

El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Justicia y del Derecho expidió el Decreto 1885 de 2015, mediante el cual se crea el Sistema Nacional de Coordinación de Responsabilidad Penal para Adolescentes – SNCRPA en el nivel nacional y departamental, como una instancia para la coordinación y articulación institucional, intersectorial , ordenada y metódica para la fijación de parámetros técnicos, que entre otras realizará el seguimiento y la evaluación de las acciones contempladas en las leyes 906 de 2004 (Código de procedimiento Penal), 1098 de 2006, 1453 de 2011 (Código de la Infancia y la Adolescencia), 1622 de 2013 (Estatuto de Ciudadanía Juvenil) y 1450 de 2011 (Plan nacional de Desarrollo 2010-2014), en lo relacionado con la responsabilidad penal para adolescentes, o las normas que las modifiquen, o sustituyan, respetando el marco de competencias constitucionales y legales de las entidades que lo conforman.

Centros de Atención Especializada - CAE

La privación de la libertad procederá como medida pedagógica y es entendida como “…toda forma de internamiento, en un establecimiento público o privado, ordenada por autoridad judicial, del que no se permite al adolescente salir por su propia voluntad”. En virtud de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 1453 de 11 que modificó el artículo 187 de la ley 1098 de 2006 se aplicará la privación de la libertad “… en centro de atención especializada… a los adolescentes mayores de dieciséis (16) y menores de dieciocho (18) que sean hallados responsables de la comisión de delitos cuya pena mínima establecida en el Código Penal sea o exceda de seis años de prisión.

Preguntas Frecuentes

Normatividad

Procesos Misionales- Responsabilidad Penal

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