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Código FAQ: 
REI01003

Otorgué permiso de salida del país a mi hijo(a) menor de edad y no regresó en la fecha programada, ¿Qué puedo hacer?

Respuesta:

El ciudadano podrá ingresar a la página del ICBF e iniciar el proceso en línea, acercarse al ICBF más cercano o comunicarse con los canales de atención del Instituto para recibir orientación para dar inicio a la solicitud., Allí se le prestará la orientación y se le proporcionara información de los documentos que debe aportar para el trámite como: el Registro Civil de Nacimiento del niño, niña o adolescente, certificado de afiliación a salud y de escolaridad, si es el caso; copia de la cédula del solicitante, fotos recientes del niño, niña o adolescente, informar dirección de residencia de padre y madre, exponer los hechos y presentar las pruebas que sirvan de fundamento a su petición, diligenciar el respectivo formato de La Haya. Debe aclararse al peticionario/a que si la solicitud va dirigida a un país donde el idioma es diferente al español, esta junto con el formato y todos los anexos deben ir traducidos al idioma oficial del país al cual va dirigida la solicitud, no es necesario una traducción oficial.

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