Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos
El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
Tipo de Notificación
- (-) Remove Terminación del Proceso filter Terminación del Proceso
Fecha de Publicación
Ubicación
- (-) Remove Sede Dirección General filter Sede Dirección General
Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación | |
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RESOLUCIÓN 8001 DE 28 DE DICIEMBRE DE 2023 | Terminación del Proceso |
JOSE OMAR LOPEZ TRUJILLO CC 17.420.379 |
Viernes, Marzo 15, 2024 - 10:30 | Sede Dirección General |