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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Resolución No. 078 de 2023 Terminación del Proceso

JUAN PABLO PULIDO PARRA

Jueves, Agosto 17, 2023 - 10:30 Regional Boyacá
Resolución por la cual se declara la prescripción y terminación de un proceso Terminación del Proceso

JAIME GELPUD CHAVEZ


Resolución por la cual se declara la prescripción y terminación de un proceso
Viernes, Mayo 26, 2023 - 10:00 Regional Boyacá