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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Resolución 019 del 5 de julio de 2023 Mandamiento de Pago

Camila Andrea Bautista con C.C. 1.118´122.892


RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO a favor del ICBF y en contra de Camila Andrea Bautista identificada con cédula de ciudadanía N° 1.118´122.892, por el valor a cobrar de: Setecientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Ochenta y Siete Pesos Mcte ($786.687), más los intereses moratorios que se causen hasta el pago total de la obligación, que se liquidará diariamente a la tasa de interés que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia, y los gastos procesales que den lugar.
Miércoles, Agosto 2, 2023 - 16:46 Regional Casanare, Centro Zonal Yopal