Usted está en:

Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Tipo de Notificación

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Resolución 147 Proceso Ejecutivo, contra JOSE GUILLERMO ESPITIA GARCIA Mandamiento de Pago

JOSE GUILLERMO ESPITIA GARCIA


Notificación Resolución 147 de fecha 21 de Noviembre de 2017, por medio del cual se LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO, dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, JOSE GUILLERMO ESPITIA GARCIA, identificado con cedula No. 17.325.503
Miércoles, Febrero 14, 2018 - 12:15 Regional Tolima
Resolucion 113 Proceso Ejecutivo, contra ARBERT URIEL PENAGOS CLAVIJO Mandamiento de Pago

ALBERTNURIEL PENAGOS CLAVIJO


Notificación Resolución 113 de fecha 6 de septiembre de 2017, por medio del cual se LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO,dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, ALBERT URIEL PENAGOS CLAVIJO , identificado con cedula No. 93.239.592
Miércoles, Febrero 14, 2018 - 11:15 Regional Tolima
Resolucion 052 Proceso Ejecuivo contra LUIS EDUARDO CANTE GOMEZ Mandamiento de Pago

LUIS EDUARDO CANTE GOMEZ


Notificación Resolución 052 de fecha 15 de marzo de 2017, por medio del cual MANDAMIENTO DE PAGO, dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, LUIS EDUARDO CANTE GOMEZ, identificado con cedula No. 1.032.428.779
Miércoles, Febrero 14, 2018 - 08:15 Regional Tolima
NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB: MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO


RESOLUCION No. 11 (02 de febrero de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-004, en contra de la señora MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO identificada con C.C. Nro. 59833322 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra de la señora MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO, identificada con C.C. Nro. 59833322, por concepto de la obligación contenido en la sentencia 03 de febrero de 2017 del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Pasto y certificado de remisión de valor prueba de ADN, por la suma de DOSCIENTOS SETENTA MIL SETESCIENTOS VEINTITRES PESOS ($270.723) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR a la señora MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO identificada con C.C. Nro. 59833322, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR a la señora MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO identificada con C.C. Nro. 59833322, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048010022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: a la señora MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO identificada con C.C. Nro. 59833322, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR A la señora MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO identificada con C.C. Nro. 59833322, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR A la señora MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO identificada con C.C. Nro. 59833322, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR A la señora MARIA ESPERANZA DEL SOCORRO ERAZO identificada con C.C. Nro. 59833322, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Martes, Febrero 13, 2018 - 08:30 Regional Nariño
NOTIFICACION POR PAGINA WEB: MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA


RESOLUCION No. 012 (02 de febrero de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-005, en contra del señor JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA identificado con C.C. Nro. 98345117 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA, identificado con C.C. Nro. 98345117, por concepto de la obligación contenido en la sentencia 03 de febrero de 2017 del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Pasto y certificado de remisión de valor prueba de ADN, por la suma de DOSCIENTOS SETENTA MIL SETESCIENTOS VEINTITRES PESOS ($270.723) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR al señor JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA identificado con C.C. Nro. 98345117, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR al señor JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA identificado con C.C. Nro. 98345117, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048012022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: al señor JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA identificado con C.C. Nro. 98345117, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR Al señor JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA identificado con C.C. Nro. 98345117, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR Al señor JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA identificado con C.C. Nro. 98345117, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR Al señor JOSE ROBINSON QUINTIN VILLOTA identificado con C.C. Nro. 98345117, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE San Juan de Pasto, a los dos (02) días del mes de febrero de 2018.
Martes, Febrero 13, 2018 - 08:30 Regional Nariño
NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB: MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO


RESOLUCION No. 010 (02 de febrero de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-003, en contra del señor OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO identificado con C.C. Nro. 15817320 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO, identificado con C.C. Nro. 15817320, por concepto de la obligación contenido en la sentencia 26 de septiembre de 2017 del Juzgado Quinto de Familia del Circuito de Pasto y certificado de remisión de valor prueba de ADN, por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($579.000) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR al señor OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO identificado con C.C. Nro. 15817320, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR al señor OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO identificado con C.C. Nro. 15817320, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048010022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: al señor OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO identificado con C.C. Nro. 15817320, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR Al señor OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO identificado con C.C. Nro. 15817320, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR Al señor OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO identificado con C.C. Nro. 15817320, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR Al señor OMAR ALBERTO MUÑOZ ERAZO identificado con C.C. Nro. 15817320, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Martes, Febrero 13, 2018 - 08:15 Regional Nariño
NOTIFICACION POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA


RESOLUCION No. 018 (02 de febrero de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-011, en contra del señor NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA identificado con C.C. Nro. 87533375 RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA, identificado con C.C. Nro. 87533375, por concepto de la obligación contenida en la sentencia 11 de abril de 2017 del Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito Túquerres y certificado de remisión de valor prueba de ADN, por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($579.000) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR al señor NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA identificado con C.C. Nro. 87533375, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR al señor NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA identificado con C.C. Nro. 87533375, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048018022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: al señor NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA identificado con C.C. Nro. 87533375, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR Al señor NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA identificado con C.C. Nro. 87533375, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR Al señor NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA identificado con C.C. Nro. 87533375, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR Al señor NICOLAS JOSE MARIA ROSALES LEGARDA identificado con C.C. Nro. 87533375, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Martes, Febrero 13, 2018 - 07:30 Regional Nariño
NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB: DAVID ALBERTO MONTENEGRO Mandamiento de Pago

DAVID ALBERTO MONTENEGRO


RESOLUCION No. 015 (02 de febrero de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-008, en contra del señor DAVID ALBERTO MONTENEGRO identificado con C.C. Nro. 87101465 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor DAVID ALBERTO MONTENEGRO, identificado con C.C. Nro. 87101465, por concepto de la obligación en auto del día 04 de julio de 2017 del Juzgado Segundo de Familia de Pasto y certificado de remisión de valor prueba de ADN, por la suma de QUINIENTOS SETENTA MIL PESOS ($579.000) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR al señor DAVID ALBERTO MONTENEGRO identificado con C.C. Nro. 87101465, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR al señor DAVID ALBERTO MONTENEGRO identificado con C.C. Nro. 87101465, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048015022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: al señor DAVID ALBERTO MONTENEGRO identificado con C.C. Nro. 87101465, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR Al señor DAVID ALBERTO MONTENEGRO identificado con C.C. Nro. 87101465, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR Al señor DAVID ALBERTO MONTENEGRO identificado con C.C. Nro. 87101465, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR Al señor DAVID ALBERTO MONTENEGRO identificado con C.C. Nro. 87101465, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Martes, Febrero 13, 2018 - 07:30 Regional Nariño
Resolución por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Yeisón León González Arredondo


Resolución No. 049 del 20 de noviembre del 2017 por medio del cual se libra mandamiento de pago en contra del señor Yeisón León González Arredondo, identificado con la cédula No. 1.038.769.383
Martes, Febrero 6, 2018 - 15:00 Regional Antioquia
Resolución por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Julian Alberto Mazo Sánchez


Resolución No. 028 del 18 de julio del 2017 por medio de la cual se libra mandamiento de pago en contra del señor Julian Alberto Mazo Sánchez, identificado con la cédula No. 1.039.448.952
Martes, Febrero 6, 2018 - 15:00 Regional Antioquia
Resolución 869 Mandamiento de Pago

Milton Ferney Diaz Gaviria CC1.082.778.461


Mediante la cual se procede a publicar la resolución 869 de fecha 05 de diciembre de 2017 "Por la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Jueves, Febrero 1, 2018 - 09:45 Regional Huila
Resolución 882 Mandamiento de Pago

Yhon Jader Joaquin Ordoñez CC 1.084.923.596


Mediante la cual se procede a publicar la resolución 8882 de fecha 05 de diciembre de 2017 "Por la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Jueves, Febrero 1, 2018 - 09:30 Regional Huila
Resolución 871 Mandamiento de Pago

Oscar Leonardo Lobon Castellanos CC 1.049.629.997


Mediante la cual se procede a publicar la resolución 871 de fecha 05 de diciembre de 2017 "Por la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Jueves, Febrero 1, 2018 - 09:30 Regional Huila
Resolución 868 Mandamiento de Pago

Jose Ignacio Torres Vargas CC 4.923.535


Mediante la cual se procede a publicar la resolución 868 de fecha 05 de diciembre de 2017 "Por la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Jueves, Febrero 1, 2018 - 09:15 Regional Huila
Resolución 837 Mandamiento de Pago

Jose Ignacio Torres Vargas


Mediante la cual se procede a publicar la resolución 837 de fecha 05 de diciembre de 2017 "Por la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Jueves, Febrero 1, 2018 - 08:45 Regional Huila
Resolución 857 Mandamiento de Pago

Santiago Villabon Sanchez CC 1.075.293.222


Mediante la cual se procede a publicar la resolución 857 de fecha 05 de diciembre de 2017 "Por la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Jueves, Febrero 1, 2018 - 08:45 Regional Huila
Resolucion 883 Mandamiento de Pago

Daimer Peña velez CC 97122922140


Mediante la cual se procede a publicar la resolución 833 de fecha 05 de diciembre de 2017 "Por la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Jueves, Febrero 1, 2018 - 08:30 Regional Huila
Resolución 827 Mandamiento de Pago

Yilbert Majin Astudillo CC 12.181.892


Por medio de la cual se procede a notificar la resolución No 827 de fecha 05/12/2017, mediante la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Miércoles, Enero 31, 2018 - 17:15 Regional Huila
RESOLUCIÓN No. 18 DE 20 DE DICIEMBRE DE 2017 Mandamiento de Pago

GIOVANNY VALENCIA PRADO


Resolución No. 20 de diciembre de 2017, por la cual se libra Mandamiento de Pago.
Miércoles, Enero 31, 2018 - 10:45 Regional Valle
NOTIFICACIÓN PAGINA WEB MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

GUSTAVO ADOLFO PANTOJA DELGADO


RESOLUCIÓN No. 137 del 06 de diciembre de 2017. “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCIÓN COACTIVA Nro. 2017-039, en contra del señor GUSTAVO ADOLFO PANTOJA DELGADO identificado con C.C. Nro. 1085301018. ADVERTIR al señor GUSTAVO ADOLFO PANTOJA DELGADO identificado con C.C. Nro. 1085301018, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago y que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario.
Viernes, Enero 26, 2018 - 10:45 Regional Nariño
NOTIFICACION VIA WEB DE MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

DEYSY YAMILE PAZ RIVERA


RESOLUCION No. 100 del 08 de noviembre de 2017. “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2017-034, en contra de la señora DEISY YAMILE PAZ RIVERA identificada con C.C. Nro. 1131085025. ADVERTIR a la señora DEISY YAMILE PAZ RIVERA identificada con C.C. Nro. 1131085025, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago o durante el mismo termino podrá proponer excepciones u objeciones al mandamiento
Jueves, Enero 25, 2018 - 09:30 Regional Nariño
NOTIFICACIÓN EN PAGINA WEB DE MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

BRIYITH CAROLINA GOMEZ CRIOLLO


RESOLUCION No. 138 del 06 de diciembre de 2017, “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2017-040, en contra de la señora BRIYITH CAROLINA GOMEZ CRIOLLO identificada con C.C. Nro. 1010105558. ADVERTIR a la señora BRIYITH CAROLINA GOMEZ CRIOLLO identificada con C.C. Nro. 1010105558, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o proponer dentro del mismo término las excepciones u objeciones que considere necesarias
Jueves, Enero 25, 2018 - 09:30 Regional Nariño
NOTIFICACIÓN DE MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

CELSO MARINO MASINSOY GELPUD


RESOLUCION No. 098 del 08 de noviembre de 2017. “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2017-036, en contra del señor JUAN LUIS ORTEGA CERON identificado con C.C. Nro. 1.086.329.708. ADVERTIR al señor CELSO MARINO MASINSOY GELPUD identificado con C.C. Nro. 98396414, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo término puede presentar objeciones o excepciones al mandamiento de pago.
Jueves, Enero 25, 2018 - 09:15 Regional Nariño
NOTIFICACION POR PAGINA WEB Mandamiento de Pago

EDISON ANDRES OCHOA FONSECA


RESOLUCION No. 107 del 24 de noviembre de 2017 “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCIÓN COACTIVA Nro. 2017-038, en contra del señor EDISON ANDRES OCHOA FONSECA identificado con C.C. Nro. 1013583290. ADVERTIR al señor EDISON ANDRES OCHOA FONSECA identificado con C.C. Nro. 1013583290, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago o durante el mismo termino proceder a presentar objeciones o excepciones contra el acto que libra mandamiento de pago.
Jueves, Enero 25, 2018 - 08:15 Regional Nariño
NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB Mandamiento de Pago

CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO


RESOLUCION No. 106 del 24 de noviembre de 2017. “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2017-037, en contra del señor CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO identificado con C.C. Nro. 87034064. ADVERTIR al señor CLAUDIO MILTON ENRIQUEZ HURTADO identificado con C.C. Nro. 87034064, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, o dentro del mismo termino podra presentar excepciones u objeciones al mandamiento.
Miércoles, Enero 24, 2018 - 10:00 Regional Nariño
NOTIFICACION PROCESO 016/2017 Mandamiento de Pago

MARIA HELENA FUENTES SUAREZ CC.1093.916.622


RESOLUCION N°034 DEL 11 DE JULIODE 2017, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO EN CONTRA DE LA SEÑORA MARIA HELENA FUENTES SUAREZ
Martes, Enero 23, 2018 - 14:15 Regional Norte de Santander
NOTIFICACION PROCESO 017/2017 Mandamiento de Pago

MARTIN ANGEL SANTIAGO NUÑEZ CC88.234.728


RESOLUCION N°035 DEL 11 DE JULIO DE 2017, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO CONTRA EL SEÑOR MARTIN ANGEL SANTIAGO NUÑEZ
Martes, Enero 23, 2018 - 14:15 Regional Norte de Santander
NOTIFICACION PROCESO 013/2017 Mandamiento de Pago

LUIS ENRIQUE LIZARAZO CC. 88.188.690


RESOLUCION N°026 DEL 31 DE MAYO DE 2017, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO CONTRA EL SEÑOR LUIS ENRIQUE LIZARAZO ARCHILA
Martes, Enero 23, 2018 - 11:30 Regional Norte de Santander
NOTIFICACION PROCESO 014/2017 Mandamiento de Pago

LUIS FRANCISCO MELO AYALA CC 88.168.293


RESOLUCION N°032 DEL 11 DE JULIO DE 2017, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO CONTRA EL SEÑOR LUIS FRANCISCO MELO AYALA
Martes, Enero 23, 2018 - 11:30 Regional Norte de Santander
NOTIFICACION PROCESO 015/2017 Mandamiento de Pago

MARCO YESSID GOMEZ CHACON CC 1.090.427.548


RESOLUCION N°033 DEL DE JULIO DE 2017, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO CONTRA EL SEÑOR MARCO YESSID GOMEZ CHACON
Martes, Enero 23, 2018 - 11:30 Regional Norte de Santander