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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Notificación Proceso 005 2014 Traslado de Liquidación

Cesar Augusto Ambuila Bermudez C.C. No. 16.830.464


Auto No. 807 de 11 de febrero de 2016 Liquidación del Crédito. Advirtiéndole al DEMANDADO que el expediente permanecerá a su disposición en este despacho para que en el término de tres (3) días formule las objeciones que considere pertinentes, según lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil, caso en el cual deberá presentar una liquidación alternativa a esta providencia.
Lunes, Mayo 22, 2017 - 16:30 Regional Cauca
Notificación Proceso 600 2008 Orden de Ejecución

Mary Luz Muñoz C.C.34.530.057


NOTIFICACION ORDEN DE SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION, RESOLUCIÓN Nro. 297 de 25 de julio de 2014;Contra esta providencia no procede recurso alguno según lo dispuesto en el articulo 836 del Estatuto Tributario.
Viernes, Mayo 19, 2017 - 22:30 Regional Cauca
Notificación Proceso 006 2013 Mandamiento de Pago

Grupo Multisalud Sas Ips Nit900184319


Mandamiento de Pago Resolución No. 006 del 14 de marzo de 2013. El deudor dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del mandamiento de pago deberá cancelar el monto de la deuda con sus respectivos intereses o dentro del mismo término, podrá formular mediante escrito las excepciones contempladas en el articulo 831 del Estatuto Tributario.
Viernes, Mayo 19, 2017 - 15:30 Regional Cauca