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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Notificación auto del 9 de abril de 2025 por medio del cual se liquida crédito cobro coactivo proceso 33-2022 contra ANDRES JULIAN TENORIO PIEDRA C.C. 1.081.422.469 Traslado de Liquidación

ANDRES JULIAN TENORIO PIEDRA C.C. 1.081.422.469

Lunes, Mayo 26, 2025 - 11:43 Regional Huila
RESOLUCIÓN No. 040 del 24 de diciembre de 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” Mandamiento de Pago

JOSE IVAN BURGOS MUÑOZ con CC. 16.072.906


RESOLUCIÓN No. 040 del 24 de diciembre de 2024 “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO”
Lunes, Mayo 26, 2025 - 11:25 Regional Caldas
RESOLUCION No. 006-2025 "POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO" Mandamiento de Pago

FUNDACION AFECTO NIT. 900.210.617


Funcionaria Ejecutora de la Oficina Administrativa de Cobro Coactivo del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, los artículos 99 y siguientes del CPACA, la Resolución No. 0140 del 21 de enero de 2025 emanada de la Dirección General del ICBF, “Por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y se deroga la Resolución 5003 del 2020” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se asignan funciones de Ejecutora a una servidora pública y, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, de conformidad con lo establecido en el artículo 826 del Estatuto Tributario a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF REGIONAL NARIÑO y en contra de la FUNDACION AFECTO, persona jurídica, identificada con NIT. 900.210.617, representada legalmente por IVAN DARIO BASTIDAS BENAVIDES, de conformidad con el Certificado de Cámara de Comercio de Pasto, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.147.105, por la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS MDA/CTE ($55.513.296), por concepto de capital por la obligación contenida en el Acta de Liquidación de Mutuo Acuerdo – SECOP II, valor que corresponde a reintegro de saldos que resultaron a favor del ICBF en la liquidación del Contrato de Aporte No. 86000922023, más los intereses moratorios que se causen a partir de la fecha en que se hizo exigible la obligación y hasta la fecha de pago además de las costas procesales a que haya lugar. ARTICULO SEGUNDO: ADVERTIR al deudor que dispone de quince (15) días, a partir del día siguiente a la fecha de notificación de esta providencia, para cancelar la deuda o proponer las excepciones legales contempladas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: CITAR Y NOTIFICAR a la deudora en la forma establecida en el artículo 826 del Estatuto Tributario. ARTICULO CUARTO: ADVERTIR a la deudora que contra la presente resolución no proceden recursos, según lo dispuesto en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario, pero podrá formular excepciones dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación, de acuerdo con el artículo 830 del mismo Estatuto. ARTICULO QUINTO: ADVERTIR de igual forma a la demandada, que de conformidad con lo establecido en el artículo 470 del Código General del Proceso, es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en la presente Resolución.
Lunes, Mayo 26, 2025 - 10:14 Regional Nariño
Resolución No. 034 de 2025 Orden seguir adelante la ejecución Gladys Stella Mesa Mesa 2023-013 Orden de Ejecución

Gladys Stella Mesa Mesa

Lunes, Mayo 26, 2025 - 08:00 Regional Boyacá