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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
LIQUIDACIÓN DEL CRÉDITO Traslado de Liquidación

ANCELMO CALDERON NARANJO


Mediante la presente publicación se notifica al señor ANCELMO CALDERON NARANJO , el contenido del auto por el cual se liquida provisionalmente la obligación ejecutada a través del proceso de cobro coactivo No. 023-2018
Jueves, Mayo 8, 2025 - 16:21 Regional Caquetá
RESOLUCION No. 004 - 2025 " POR LA CUAL SE SURPENDE UN PROCESO DE COBRO COACTIVO" Suspensión

FUNDACION SOCIAL Y DEPORTIVA EL PROGRESO NIT. 900.886.573


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 99 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 0140 del 21 de enero de 2025 emanada de la Dirección General del ICBF “Por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y se deroga la Resolución 5003 de 2020”, y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023, mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE: ARTTICULO PRIMERO: SUSPENDER, el proceso de cobro con radicado No. 2025-002, adelantado en contra de la FUNDACION SOCIAL Y DEPORTIVA EL PROGRESO, identificada con NIT. 900886573. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFIQUESE la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
Jueves, Mayo 8, 2025 - 09:48 Regional Nariño
RESOLUCION No. 004 - 2025 " POR LA CUAL SE SURPENDE UN PROCESO DE COBRO COACTIVO" Suspensión

FUNDACION SOCIAL Y DEPORTIVA EL PROGRESO NIT. 900.886.573


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de la ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 99 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 0140 del 21 de enero de 2025 emanada de la Dirección General del ICBF “Por medio de la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y se deroga la Resolución 5003 de 2020”, y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023, mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE: ARTTICULO PRIMERO: SUSPENDER, el proceso de cobro con radicado No. 2025-002, adelantado en contra de la FUNDACION SOCIAL Y DEPORTIVA EL PROGRESO, identificada con NIT. 900886573. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFIQUESE la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario.
Jueves, Mayo 8, 2025 - 09:48 Regional Nariño