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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo Orden de Ejecución

BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:40 Regional Nariño
RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo Orden de Ejecución

BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:40 Regional Nariño
RESOLUCION No. 074-2023 "Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del Proceso No. 009-2023 seguido en contra de Brandon Eduardo Castro Erazo Orden de Ejecución

BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 009-2023 seguido contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondiente a capital más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 009 -2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR al señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:40 Regional Nariño
RESOLUCION No. 068-2023 2POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCION DEL PROCESO No. 006-2023 SEGUIDO EN CONTRA DE JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA" Orden de Ejecución

JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA CC No. 1.085.244.897


La Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, artículos 817 y 820 del Estatuto Tributario, arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF, por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF” y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso Nro. 006 - 2023 seguido contra de la señora JNETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687)MDA/CTE, correspondientes a capital indexado, más los intereses moratorios causados conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre de ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia. ARTICULO TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de las costas procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No. 006 - 2023. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR a la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897 de la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 565 inciso 1 del Estatuto Tributario, advirtiendo que contra la misma no procede recurso alguno, según lo dispuesto en los artículos 833-1 y 836 del Estatuto Tributario.
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:24 Regional Nariño
RESOLUCION No. 014 de 2022 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

ROBINSON CASTRO MONTOYA


LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO A FAVOR DEL ICBF Y EN CONTRA DEL SEÑOR ROBINSON CASTRO MONTOYA
Martes, Octubre 10, 2023 - 15:02 Regional Quindío
Resolución No.125 DE 2023 RONAL ANDREY VANEGAS 2022-124 Orden de Ejecución

RONAL ANDREY VANEGAS

Martes, Octubre 10, 2023 - 09:30 Regional Boyacá
AUTO DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN EN EL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 016-2020 Deja en Firme Liquidación

HENDER JESUS RAMIREZ URIBE - GUILLERMO ALONSO SANCHEZ CHAPARRO


NOTIFICACIÓN AUTO DE FECHA VEINTIUNO (21) DE SEPTIEMBRE DE 2023, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 016-2020, SEGUIDO EN CONTRA DE HENDER JESUS RAMIREZ URIBE Y GUILLERMO ALONSO SANCHEZ CHAPARRO
Martes, Octubre 10, 2023 - 08:15 Regional Cundinamarca