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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Auto No.019 de 2023 por la cual se liquida el crédito Traslado de Liquidación

SEGUNDO HERNANDO SOLANO ROFRIGUEZ


Auto No.019 de 2023 por la cual se liquida el crédito 2017-065 SEGUNDO HERNANDO SOLANO RODRIGUEZ
Miércoles, Agosto 16, 2023 - 17:00 Regional Boyacá
RESOLUCION No. 048-2023" POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA No. 2023 - 006 EN CNTRA DE LA SEÑORA JANETH DEL CARMEN JOJO JOSA" Mandamiento de Pago

JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA CC No. 1.085.244.897


La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra de la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, por la obligación contenida en el Acta No. 009 del 5 de octubre de 2022 de Diligencia Administrativa de Reconocimiento Voluntario de Paternidad H.A. No. 1084195406 y el Acta de Audiencia de Lectura de Resultado Prueba de Marcadores Genéticos ADN de fecha 3 de enero de 2023, realizadas en la Defensoría De familia del Centro Zonal Pasto Uno. Por la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($786.687) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR a la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR a la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Bancolombia No. 03100004680, Convenio 14321 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co. ARTICULO CUARTO: ADVERTIR a la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, que dentro del mismo término de 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante el Funcionario Ejecutor de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la Resolución 5003 de 2020 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. ARTICULO QUINTO: ADVERTIR a la señora JANETH DELCARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la Resolución 5003 de 2020 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. ARTICULO SEXTO: CONDENAR a la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, a cancelar las costas del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. ARTICULO SEPTIMO: ADVERTIR a la señora JANETH DEL CARMEN JOJOA JOSA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.897, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber comunicar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto.
Miércoles, Agosto 16, 2023 - 16:51 Regional Nariño
Resolución No.087 de 2023 por la cual se Ordena Seguir Adelante con la Ejecución de cobro Orden de Ejecución

ASOCIACIÓN D EPADRES DE FAMILIA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR SECTOR RAQUIRA


Resolución No.087 de 2023 por la cual se Ordena Seguir Adelante con la Ejecución de cobro Proceso Administrativo de Cobro Coactivo radicado No.2019-012 ASOCIACIÓN D EPADRES DE FAMILIA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR SECTOR RAQUIRA
Miércoles, Agosto 16, 2023 - 16:30 Regional Boyacá
Auto No.040 de 2023 por la cual se aprueba liquidación Deja en Firme Liquidación

MIGUEL ANGEL MERCHAN HURTADO


AUTO No. 040 DE 2023 POR EL CUAL SE APRUEBA L A LIQUIDACIÓN DE UNA OBLIGACIÓN DENTRO PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO RADICADO 2017-038 MIGUEL ANGEL MERCHAN HURTADO CC 1.057.575.559
Miércoles, Agosto 16, 2023 - 16:15 Regional Boyacá
TRASLADO AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN Deja en Firme Liquidación

Aracelly Gonzalez Solano


SE DA TRASLADO DEL AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO EN CONTRA DE LA DEUDORA ARACELLY GONZÁLEZ SOLANO.
Miércoles, Agosto 16, 2023 - 16:13 Regional Quindío
Res 084 de 2023 seguir adelante ejecución MARCO ALIRIO CUESTA DUEÑAS Orden de Ejecución

MARCO ALIRIO CUESTA DUEÑAS


RESOLUCIÓN No. 084 DE 2023 POR LA CUAL S EORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN EN CONTRA DE MARCO ALIRIO CUESTA DUEÑAS DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO RADICADO No. 2019-027
Miércoles, Agosto 16, 2023 - 14:15 Regional Boyacá
RESOLUCION No. 061-2023 "POR MEDIO DE LA CUAL SE DA POR TERMINADO UN PROCESO, SE LEVANTAN MEDIDAS CAUTELARES Y SE ORDENA EL ARCHIVO" Terminación del Proceso

GLORIA AMPARO SEPULVEDA VELASQUEZ


La Funcionaria Ejecutora de la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario Colombiano, Ley 1437 de 2011, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020, “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF”, la Resolución No. 2934 del 17 de julio de 2009 que adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo, originaria de la Dirección General del ICBF y la Resolución 00297 del 28 de junio de 2023, mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora de la Regional Nariño a una servidora pública y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DAR POR TERMINADO el Proceso Administrativo de Cobro Coactivo Nro. 2020-006 seguido en contra de la señora GLORIA AMPARO SEPULVEDA VELASQUEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 30.713.217, por concepto del valor de las costas impuestas por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Pasto. ARTICULO SEGUNDO: ORDENAR el levantamiento de medidas Cautelares surtidas dentro del asunto de conocimiento. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario. ARTICULO CUARTO: COMUNICAR la presente decisión al Grupo Financiero de la Regional Nariño para que proceda con la cancelación del Registro Contable correspondiente. ARTICULO QUINTO: ARCHIVAR el expediente, una vez el Despacho cuente con prueba sumaria del levantamiento de medida cautelar. ARTICULO QUINTO: ADVERTIR que contra la presente providencia NO procede recurso alguno.
Miércoles, Agosto 16, 2023 - 12:13 Regional Nariño
RESOLUCIÓN No. 61 DECLARA LA REMISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DE JOSE DEIBY SEVILLA GOMEZ IDENTIFICADOA CON CC 12.265.559 Terminación del Proceso

JOSE DEIBY SEVILLA GOMEZ CC 12.265.559

Miércoles, Agosto 16, 2023 - 09:46 Regional Huila
Resolucion 60 11-08-2023 Terminacion por Remisibilidad proceso 33-2018 MARIANO OSPINO NORIEGA C.C. 18.910.573 Terminación del Proceso

MARIANO OSPINO NORIEGA CC 18.910.573

Miércoles, Agosto 16, 2023 - 09:28 Regional Huila