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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
AUTO 26 de AGOSTO del 2021 Traslado de Liquidación

MARIO FERNANDO ROZO JIMENEZ_13747493


Notificar LIQUIDACION AUTO 26 de AGOSTO del 2021, proceso 4313/2021 MARIO FERNANDO ROZO JIMENEZ_13747493
Jueves, Agosto 26, 2021 - 13:50 Regional Bogotá
AUTO 26 de AGOSTO del 2021 Traslado de Liquidación

MAURICIO POVEDA FORERO_7313877


Notificar LIQUIDACION AUTO 26 de AGOSTO del 2021, proceso 4312/2021 MAURICIO POVEDA FORERO_7313877
Jueves, Agosto 26, 2021 - 13:49 Regional Bogotá
liquidación del crédito Traslado de Liquidación

JULIAN DAVID CHAPETON BULLA


SE NOTIFICA AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION A NOMBRE DEL SEÑOR JULIAN DAVID CHAPETON BULLA C.C. 1.077.971.360
Martes, Agosto 17, 2021 - 12:56 Regional Cundinamarca
AUTO DE 22 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2021-003 EN CONTRA DE OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS" Traslado de Liquidación

OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS


La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso. ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS, identificado con Cédula de ciudadanía No. 98.339.389, dentro del proceso de cobro coactivo No. 003-2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($729.942) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2018-00023, proferida por el Juzgado Promiscuo del circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
Martes, Agosto 17, 2021 - 12:08 Regional Nariño
AUTO DE 22 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2021-001 EN CONTRA DE DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS" Traslado de Liquidación

DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS


La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso. ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS, identificado con Cédula de ciudadanía No. 1.085.661.476, dentro del proceso de cobro coactivo No. 001-2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($750.898) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2018-00023, proferida por el Juzgado Promiscuo del circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
Martes, Agosto 17, 2021 - 12:03 Regional Nariño
AUTO DE 22 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2021-002 EN CONTRA DE HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ" Traslado de Liquidación

HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ


La Funcionaria Ejecutora de la Oficina de Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso de las facultades conferidas por la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario, ley 1437 de 2011, Resoluciones Nos. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y 2934 del 17 de julio de 2009, originarias de la Dirección General del ICBF lo dispuesto en artículo 446 del Código General del Proceso. ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el crédito de la obligación a cargo de la señora HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ, identificado con Cédula de ciudadanía No. 27.297.350, dentro del proceso de cobro coactivo No. 002-2021. ARTÍCULO SEGUNDO: Fijar provisionalmente en la suma de SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($729.942) MDA/CTE, por concepto de la obligación contenida en la sentencia de filiación extramatrimonial No. 2018-00023, proferida por el Juzgado Promiscuo del circuito de la Cruz-Nariño, el día 27 de agosto de 2020. ARTICULO TERCERO: Advertir al demandado que los intereses moratorios se causaran y liquidaran diariamente hasta la fecha del pago total de la obligación, liquidados a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera, desde la fecha en que se hicieron exigibles y hasta la cancelación de la totalidad de la deuda.
Martes, Agosto 17, 2021 - 12:00 Regional Nariño
liquidacion del credito Traslado de Liquidación

ANGELICA MARIA ESCOBAR MUÑOZ


SE NOTIFICA RESOLUCION POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LA OBLIGACION A NOMBRE DE LA SEÑORA ANGELICA MARIA ESCOBAR MUÑOZ C.C. 1.072.665.167
Martes, Agosto 17, 2021 - 11:17 Regional Cundinamarca
TRASLADO AUTO LIQUIDACIÓN CRÉDITO Traslado de Liquidación

ANTONIO PIÑA PINTO - CC 1.121.211.911


AUTO DE 29 DE JUNIO DE 2021, POR MEDIO DEL CUAL SE LIQUIDA EL CRÉDITO DENTRO DEL PROCESOS DE COBRO COACTIVO 001-2018
Martes, Agosto 17, 2021 - 11:00 Sede Dirección General
Auto No. 013 del 24 de mayo de 2021 Traslado de Liquidación

JUAN CARLOS ALZATE JARAMILLO


Auto No. 013 del 24 de mayo de 2021, por medio del cual se ordena la liquidación del credito
Jueves, Agosto 5, 2021 - 11:53 Regional Antioquia
Auto No. 012 del 24 de mayo de 2021 Traslado de Liquidación

JUAN CAMILO NOREÑA CARDONA


Auto No. 012 del 24 de mayo de 2021 por medio del cual se ordena la liquidación del crédito
Jueves, Agosto 5, 2021 - 11:48 Regional Antioquia
Auto No. 016 del 24 de mayo de 2021 Traslado de Liquidación

DANIEL ANTONIO GONZALEZ TORO


Auto No. 016 del 24 de mayo de 2021 por medio de la cual se ordena la liquidación del crédito
Jueves, Agosto 5, 2021 - 10:13 Regional Antioquia
Auto No. 014 del 24 de mayo de 2021 Traslado de Liquidación

JOSE ORLADON LONDOÑO VILLA


Auto No. 014 del 24 de mayo de 2021 por medio del cual se ordena la liquidación del crédito
Jueves, Agosto 5, 2021 - 10:00 Regional Antioquia
Auto No. 016 del 24 de mayo de 2021 Traslado de Liquidación

LUIS HORACIO MARIN TABORDA


Auto No. 016 del 24 mayo de 2021 por medio del cual se ordena la liquidación del crédito
Jueves, Agosto 5, 2021 - 09:40 Regional Antioquia
AUTO LIQUIDACION DEL CREDITO Traslado de Liquidación

JHONATAN ELEAZAR GOMEZ ESPAÑA

Miércoles, Agosto 4, 2021 - 09:50 Regional Risaralda