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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Tipo de Notificación

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Notificación de mandamiento de pago Mandamiento de Pago

CARLOS ELIECER GUERRERO CASTILLA - C.C. 77.024.410


Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 7 de 2018. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.001-2018 seguido contra CARLOS ELIECER GUERRERO CASTILLA, C.C. 77.024.410
Lunes, Mayo 10, 2021 - 14:25 Regional Cesar
Notificación de mandamiento de pago Mandamiento de Pago

JUAN CARLOS GOMEZ


Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 8 de 2018. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.002-2018 seguido contra JUAN CARLOS GOMEZ, C.C. 7.152.099
Lunes, Mayo 10, 2021 - 13:18 Regional Cesar
Notificación de mandamiento de pago Mandamiento de Pago

CARLOS ELIECER GUERRERO CASTILLA


Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 7 de 2018. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.001-2018 seguido contra CARLOS ELIECER GUERRERO CASTILLA, C.C. 77.024.410
Lunes, Mayo 10, 2021 - 12:59 Regional Cesar
Resolución No. 009 de 26 de julio de 2019 por medio del cual se libra mandamiento de pago contra el señor Ferney Rodriguez Tique Mandamiento de Pago Regional Caquetá
RESOLUCION N° 027 de 10 de marzo de 2021 "POR EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA No. 021-006, en contra del señor EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES" Mandamiento de Pago

EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES


La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.004.549.132, por la obligación contenida en el Acta de Compromiso de Pago de la Prueba de ADN, celebrada en la Defensoría de Familia del Centro Zonal Ipiales, por la suma de SEISCIENTOS CINCCUENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIUN PESOS ($650.321) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR al señor EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.004.549.132, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR al señor EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.004.549.132, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Banco Agrario de Colombia No. 2300201379 – Convenio 11173 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.
Miércoles, Mayo 5, 2021 - 09:11 Regional Nariño
RES. 005 DE 2018 POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO - JESUS MANOSALVA ARENGAS Mandamiento de Pago

JESUS MANOSALVA ARENGAS C.C. 17.594.406


SE LIBRA MANDAMIENTO D EPAGO CONTRA EL DEUDOR A FAVOR DE ICBF
Martes, Mayo 4, 2021 - 10:17 Regional Arauca
RES. 009 POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO - EDWIN SUAREZ CERINZA Mandamiento de Pago

EDWIN SUAREZ CERINZA C.C. 13.929.023


SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO CONTRA EL DEUDOR Y A FAVOR DEL ICBF.
Martes, Mayo 4, 2021 - 09:22 Regional Arauca
POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

HILMER TRIANA AGUILAR C.C. 96.194.344


LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO a favor del ICBF y en contra del señor HILMER TRIANA AGUILAR Identificado con cedula de ciudadanía No 96.194.344 por valor de SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS ($628.624) M/CTE, por la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del Proceso de Investigación de la Paternidad que se adelantó en contra del aquí demandado. La cual ya se encuentra ejecutoriada, más los intereses moratorios que se causen a la tasa certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, desde su exigibilidad y hasta la fecha de pago total, más las costas procesales a que haya lugar.
Viernes, Abril 30, 2021 - 17:54 Regional Arauca
RESOLUCIÓN No. 002 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” Mandamiento de Pago

JUAN DANIEL MARTINEZ OSPINO, Cedula No. 85.488.131


Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 002 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.511-2019 seguido contra JUAN DANIEL MARTINEZ OSPINO, Cedula No. 85.488.131
Viernes, Abril 30, 2021 - 10:03 Regional Magdalena
RESOLUCIÓN N°005 DE 2021 " POR EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO 2021-003, en contra de OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS" Mandamiento de Pago

OLEGARIO MUÑOZ BOLAÑOS


La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 00384 de 2008-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor OLEGARIO MUÑOZ URBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.339.389, por la obligación en la sentencia anticipada proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz – Nariño, dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2018-00023-00, de fecha 27 de agosto de 2020, por la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE PESOS ($665.219) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR al señor OLEGARIO MUÑOZ URBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.339.389, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR al señor OLEGARIO MUÑOZ URBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.339.389, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Banco Agrario No. 048010022696 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.
Martes, Abril 27, 2021 - 14:43 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°003 DE 2021 "POR EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO 2021-001, en contra de DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS" Mandamiento de Pago

DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS


La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra de la señora DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.086.661.476, por la obligación contenida en la sentencia anticipada proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz – Nariño, dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2018-00023-00, de fecha 27 de agosto de 2020, por la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE PESOS ($665.219) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR a la señora DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.661.476, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR a la señora DIBA MAGALY MUÑOZ BOLAÑOS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.085.661.476, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Banco Agrario No. 048010022696 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.
Martes, Abril 27, 2021 - 14:35 Regional Nariño
RESOLUCIÓN N°004 DE 2021" POR EL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO 2021-002, en contra de HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ" Mandamiento de Pago

HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ


La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra de la señora HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.297.350, por la obligación contenida en la sentencia anticipada proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Cruz – Nariño, dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2018-00023-00, de fecha 27 de agosto de 2020, por la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE PESOS ($665.219) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR a la señora HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.297.350, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR a la señora HERMELINDA BOLAÑOS MUÑOZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 27.297.350, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Banco Agrario No. 048010022696 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.
Martes, Abril 27, 2021 - 14:24 Regional Nariño
RESOLUCIÓN No. 003 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” Mandamiento de Pago

KEVIN ANGEL DIAZ ORTEGON, Cedula No. 1.024.535.267


Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 003 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.511-2019 seguido contra KEVIN ANGEL DIAZ ORTEGON, Cedula No. 1.024.535.267
Viernes, Abril 23, 2021 - 10:26 Regional Magdalena
RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

ADRIANA BARRETO ÁVILA - CC 41.243.696


RESOLUCIÓN 4926 DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2020, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO
Miércoles, Abril 21, 2021 - 17:30 Sede Dirección General
SE NOTIFICA MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

JULIO CESAR COLON FLOREZ, C.C. 1.049.827.607


Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 01 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.511-2019 seguido contra JULIO CESAR COLON FLOREZ, C.C. 1.049.827.607
Miércoles, Abril 21, 2021 - 17:02 Regional Magdalena
SE NOTIFICA MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

LEINIKER JOSE ROSADO FREILE, Cedula No. 1.083.461.470


Conforme lo establecido en el art. 23 de la Resolución 5003 de 2020 y el artículo 568 del E.T, por medio del presente se procede a notificar la RESOLUCIÓN No. 015 de 2019. “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” dentro del proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No.516-2019 Deudor: LEINIKER JOSE ROSADO FREILE, Cedula No. 1.083.461.470
Miércoles, Abril 21, 2021 - 16:40 Regional Magdalena
Resolución No. 001 de 09 de abril de 2019 por medio del cual se libra un mandamiento de pago contra la señora Laura Camila Rivera Perdomo Mandamiento de Pago Regional Caquetá
RESOLUCION 003 del 20 de enero de 2021 Mandamiento de Pago

JHONATAN ELEAZAR GOMEZ ESPAÑA

Martes, Abril 20, 2021 - 10:21 Regional Risaralda
RESOLUCION 003 del 20 de enero de 2021 Mandamiento de Pago

JHONATAN ELEAZAR GOMEZ ESPAÑA

Martes, Abril 20, 2021 - 09:38 Regional Risaralda
RESOLUCION 004 POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO - LUIS OBANDO GOMEZ Mandamiento de Pago

LUIS OBANDO GOMEZ CC. 96.190.459


RESOLUCION POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO
Jueves, Abril 15, 2021 - 10:56 Regional Arauca
RESOLUCION No. 0274 DEL 22 DE ENERO DE 2021 - GESTION INTEGRAL CONSULTORES S.A.S. Mandamiento de Pago

GESTIÓN INTEGRAL CONSULTORES S.A.S. NIT. 900.109.122-5


RESOLUCION No. 0274 DEL 22 DE ENERO DE 2021 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO EN CONTRA DE LA SOCIEDAD GESTION INTEGRAL CONSULTORES S.A.S., IDENTIFICADA CON NIT. 900.109.122-5
Miércoles, Abril 14, 2021 - 12:00 Sede Dirección General
RESOLUCION No. 0274 DEL 22 DE ENERO DE 2021 - GESTION INTEGRAL CONSULTORES S.A.S. Mandamiento de Pago

GESTIÓN INTEGRAL CONSULTORES S.A.S. NIT. 900.109.122-5


RESOLUCIÓN No. 0274 DEL 22 DE ENERO DE 2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO EN CONTRA DE LA SOCIEDAD GESTIÓN INTEGRAL CONSULTORES S.A.S., IDENTIFICADA CON NIT. 900.109.122-5
Miércoles, Abril 14, 2021 - 11:15 Sede Dirección General
RESOLUCION No. 0273 DEL 22 DE ENERO DE 2021 - GESTION INTEGRAL CONSULTORES S.A.S. Mandamiento de Pago

GESTIÓN INTEGRAL CONSULTORES S.A.S. NIT. 900.109.122-5


RESOLUCIÓN No. 273 DEL 22 DE ENERO DE 2021, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO EN CONTRA DE LA SOCIEDAD GESTIÓN INTEGRAL CONSULTORES S.A.S., IDENTIFICADA CON NIT. 900.109.122-5.
Miércoles, Abril 14, 2021 - 10:45 Sede Dirección General
NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN N. 032 DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

NORBERTO GONGORA SANCHEZ C.C. 5.919.607


RESOLUCIÓN N. 032 DEL 27 DE NOVIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO DE ICBF CONTRA NORBERTO GONGORA SANCHEZ C.C. 5.919.607 RADICADO 010-2020
Viernes, Abril 9, 2021 - 16:51 Regional Tolima
RES. 004 POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO - LUIS OBANDO GOMEZ Mandamiento de Pago Regional Arauca
POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO - LUIS OBANDO GOMEZ Mandamiento de Pago Regional Arauca
POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO - LUIS OBANDO GOMEZ Mandamiento de Pago Regional Arauca
mandamiento de pago Mandamiento de Pago

SERGIO ANDRES LEON CAMELO


NOTIFICACION MANDAMIENTO DE PAGO
Viernes, Marzo 19, 2021 - 18:56 Regional Cundinamarca
mandamiento de pago Mandamiento de Pago

GUILLERMO ALONSO SANCHEZ CHAPARRO Y HENDER JESUS RAMIREZ URIBE


NOTIFICACION MANDAMIENTO DE PAGO
Miércoles, Marzo 17, 2021 - 13:53 Regional Cundinamarca
RESOLUCIÓN No. 017 DE FECHA 22 DE FEBRERO DE 2021 “POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO” Mandamiento de Pago

FELIPE ALEJANDRO PRADA MORALES _ 1.110.581.224


NOTIFICAR RESOLUCIÓN No.017 DEL 22 DE FEBRERO DE 2021“POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO, EN CONTRA DE FELIPE ALEJANDRO PRADA MORALES _. 1.110.581.224, PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO NO.4311/2021 POR LA OBLIGACIÓN CONTENIDA EN LA SENTENCIA PROFERIDA POR EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE RAMIRIQUÍ BOYACÁ DE FECHA 02 DE DICIEMBRE DE 2019.
Miércoles, Marzo 17, 2021 - 10:11 Regional Bogotá