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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-014 EN CONTRA DE RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES" Deja en Firme Liquidación

RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 014-2020, entablado en contra del señor RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.028.683 y determinado mediante auto de fecha 09 de noviembre de 2020, por valor total de CUTROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($448.635) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.028.683, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Febrero 24, 2021 - 09:43 Regional Nariño
AUTO DE LIQUIDACION CREDITO Deja en Firme Liquidación

DIEGO FERNANDO GUAÑARITA CC 1083892449


POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION CREDITO DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2020, POR MEDIO DE LA CUAL SE LIQUIDA CREDITO DE LA OBLIGACION DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO
Martes, Febrero 23, 2021 - 16:19 Regional Huila
AUTO LIQUIDACION CREDITO Deja en Firme Liquidación

REINEL ORTIZ TRUJILLO CC 1081516610


POR MEDIO DE LA CUAL SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DEL CREDITO DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DEL 2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIQUIDA UN CREDITO DE LA OBLIGACION CONTENIDA DENTRO DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DE COBRO COACTIVO
Martes, Febrero 23, 2021 - 15:59 Regional Huila
AUTO DE 29 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2020-017, en contra de DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ" Deja en Firme Liquidación

DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 017-2020, entablado en contra del señor DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.948.311 y determinado mediante auto de fecha 04 de enero de 2021, por valor total de OCHOIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS ($801.473) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.948.311, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Febrero 17, 2021 - 15:45 Regional Nariño
AUTO 050 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUDIACIÒN Deja en Firme Liquidación

SAUL VILLAMIZAR CARRILLO


AUTO 050 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACION DE SAUL VILLAMIZAR CARRILLO
Miércoles, Febrero 17, 2021 - 08:50 Regional Norte de Santander
AUTO 049 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACIÒN Deja en Firme Liquidación

YEISON MANUEL GUERRERO AILLON


AUTO 049 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACIÒN DE YEISON MANUEL GUERRERO AYLLON
Miércoles, Febrero 17, 2021 - 08:39 Regional Norte de Santander
AUTO 048 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACIÒN Deja en Firme Liquidación

JHONY ALEXANDER BRICEÑO ARIAS


AUTO 048 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACIÒN DE JHONY ALEXANDER BRICEÑO ARIAS
Miércoles, Febrero 17, 2021 - 08:25 Regional Norte de Santander
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN Deja en Firme Liquidación

DARIO TORO ARIAS CC 79.110.615


AUTO DE 18 DE DICIEMBRE DE 2020, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN
Viernes, Febrero 12, 2021 - 11:45 Sede Dirección General
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN Deja en Firme Liquidación

CARLOS ENRIQUE GUADIR HERNANDEZ CC 5.825.151


AUTO DE 18 DE DICIEMBRE DE 2020, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN
Viernes, Febrero 12, 2021 - 10:15 Sede Dirección General
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN Deja en Firme Liquidación

CARLOS ENRIQUE GUADIR HERNÁNDEZ - CC 5.825.151


AUTO DE 18 DE DICIEMBRE DE 2020, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN
Viernes, Febrero 12, 2021 - 09:00 Sede Dirección General
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-023 EN CONTRA DE NILVIO SALAZAR GOYES" Deja en Firme Liquidación

NILVIO SALAZAR GOYES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor NIKLVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($782.278) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, NILVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:24 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-005 EN CONTRA DE ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES" Deja en Firme Liquidación

ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificada con NIT. 800.073.748-5 y determinado mediante auto de fecha 25 de septiembre de 2020, por valor total de CIENTO CINCUENTA MIL TRESCIENTOS DIECISEIS PESOS ($150.316) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ASOCIACION DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificado con NIT. 800.073.748-5, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:16 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2020-003 EN CONTRA DE ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA" Deja en Firme Liquidación

ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 003-2020, entablado en contra del señor ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SESENTA PESOS ($858.060) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:13 Regional Nariño
AUTO 038 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACION Deja en Firme Liquidación

JEFFERSON WEIMAR BOADA NOVA


AUTO 038 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACION DE JEFFERSON WEIMAR BOADA NOVA
Jueves, Febrero 11, 2021 - 14:09 Regional Norte de Santander
AUTO 047 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACION Deja en Firme Liquidación

MARCO WUDIOFERH GALVIZ ORTIZ


AUTO 047 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACION DEL CREDITO A NOMBRE DE MARCO WUIDOFERH GALVIZ ORTIZ
Jueves, Febrero 11, 2021 - 13:52 Regional Norte de Santander
AUTO 051 POR EL CUAL SE APRUEB AINTEGRALMENTE LA LIQUIDACION Deja en Firme Liquidación

ROGER NACIN TRIMIÑO VARGAS


AUTO 051 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUIDACION DEL CREDITO A NOMBRE DE ROGER NACIN TRIMIÑO VARGAS
Jueves, Febrero 11, 2021 - 13:44 Regional Norte de Santander
AUTO 038 02 DICIEMBRE 2020 Deja en Firme Liquidación

JEFFERSON WEIMAR BOADA NOVA


AUTO 038 POR EL CUAL SE APRUEBA INTEGRALMENTE LA LIQUDIACION A NOMBRE DE JEFFERSON WEIMAR BOADA
Jueves, Febrero 11, 2021 - 12:55 Regional Norte de Santander
AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-012 EN CONTRA DE PAULO ELISEO ROMO CASTILLO" Deja en Firme Liquidación

PAULO ELISEO ROMO CASTILLO


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 012-2020, entablado en contra del señor PAULO ELISEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($821.633) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, PAULO ELIESEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Febrero 5, 2021 - 10:51 Regional Nariño
AUTO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-012 EN CONTRA DE PAULO ELISEO ROMO CASTILLO" Deja en Firme Liquidación

PAULO ELISEO ROMO CASTILLO


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 012-2020, entablado en contra del señor PAULO ELISEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774 y determinado mediante auto de fecha O9 de noviembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($821.633) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, PAULO ELIESEO ROMO CASTILLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 15.815.774, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Febrero 5, 2021 - 10:51 Regional Nariño