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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACION DE CREDITO Deja en Firme Liquidación

ALEJA MARIA HERRERA


APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado segundo de Familia, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 25 de junio de 2020, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2018-003, adelantado en contra de la señora Aleja Maria Herrera identificada con cedula de ciudadanía No.1’097.040.797, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia
Lunes, Abril 19, 2021 - 16:08 Regional Quindío
AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACION DE CREDITO Deja en Firme Liquidación

SANDRA MILENA CORTES


APROBAR la liquidación de la obligación contenida en sentencia del Juzgado Cuarto de Familia, elaborada por este Despacho mediante Auto del día 25 de junio de 2020, dentro del proceso de cobro coactivo No. 63-2018-001, adelantado en contra de la señora Sandra Milena Cortes Tovar identificada con cedula de ciudadanía No.29’120.352, de conformidad con lo establecido en la parte motiva de la presente providencia.
Lunes, Abril 19, 2021 - 15:56 Regional Quindío
POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACIÓN CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN NO. 001 DE FEBRERO 15 DE 2016 Terminación del Proceso

JHOAN HUMBERTO ANDRADE CHIQUITO


DECLARAR LA REMISIÓN de la obligación contenida en la resolución por medio de la cual se libra mandamiento de pago número 005 de febrero (16) de dos mil quince (2015), a favor de ICBF – Regional Quindío, contra el señor Jhoan Humberto Andrade Chiquito identificado con cédula de ciudadanía número 1’090.431.124, por la suma total de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($492.660), por concepto de capital, más los intereses moratorios que se hubieran generado, en fallo emitido en sentencia de proceso de investigación de paternidad del Juzgado segundo de Familia en oralidad de Armenia Quindío.
Lunes, Febrero 15, 2021 - 16:29 Regional Quindío
POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACIÓN CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN NO. 001 DE FEBRERO 15 DE 2016 Terminación del Proceso

JONNY ANDRES QUIROZ CARDONA


DECLARAR LA REMISIÓN de la obligación contenida en la resolución por medio de la cual se libra mandamiento de pago número 004 de febrero (15) de dos mil quince (2015), a favor de ICBF – Regional Quindío, contra el señor Jonny Andres Quiroz Cardona identificado con cédula de ciudadanía número 18’520.222, por la suma total de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000), por concepto de capital, más los intereses moratorios que se hubieran generado, en fallo emitido en sentencia de proceso de investigación de paternidad del Juzgado Primero de Familia de Armenia Quindío.
Lunes, Febrero 15, 2021 - 16:26 Regional Quindío
POR LA CUAL SE DECLARA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACIÓN CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN NO. 001 DE FEBRERO 15 DE 2016 Terminación del Proceso

LUIS FERNANDO MUÑOZ HERNANDEZ


DECLARAR LA REMISIÓN de la obligación contenida en la resolución por medio de la cual se libra mandamiento de pago número 001 de febrero (15) de dos mil quince (2015), a favor de ICBF – Regional Quindío, contra el señor Luis Fernando Muñoz Hernandez identificado con cédula de ciudadanía número 4’994.444, por la suma total de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS ($475.950), por concepto de capital, más los intereses moratorios que se hubieran generado, en fallo emitido en sentencia de proceso de investigación de paternidad del Juzgado segundo de Familia de Armenia Quindío.
Lunes, Febrero 15, 2021 - 16:22 Regional Quindío