Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos
El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.
Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.
Tipo de Notificación
Fecha de Publicación
Ubicación
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Nombre | Tipo de notificación | Destinatario | Fecha fijación | Ubicación | |
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RESOLUCIÓN No.090 DEL 6 DE SEPT DE 2021 | General |
DAZULY AGUIRRE ARCOS_51856262 |
Jueves, Octubre 21, 2021 - 11:39 | Regional Bogotá | |
RESOLUCIÓN No.091 DEL 6 DE SEPT DE 2021 | General |
CARMEN LILIANA TRUJILLO OSORIO_52435654 |
Jueves, Octubre 21, 2021 - 11:30 | Regional Bogotá | |
RESOLUCION 086 DEL 6 DE SEPT DE 2021 | General |
CIRO ANTONIO MENDOZA PATIÑO_80129087 |
Jueves, Octubre 21, 2021 - 11:28 | Regional Bogotá |