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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
AUTO DE LIQUIDACION Deja en Firme Liquidación

GERALDINE RIOS TRUJILLO CC 1081409989


POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DEL CREDITO DE LA OBLIGACION
Martes, Marzo 16, 2021 - 17:28 Regional Huila
AUTO DE LIQUIDACION Deja en Firme Liquidación

WILLIANH RAMIREZ GUARNIZO CC 1075276552


POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DE FECHA 29/01/2021 POR EL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LAOBLIGACION DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO
Martes, Marzo 16, 2021 - 17:23 Regional Huila
AUTO DE LIQUIDACION Deja en Firme Liquidación

HERMINSON DAZA MUÑOZ CC 1004153628


POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR EL AUTO DE LIQUIDACION DE FECHA 29/01/2021 POR EL CUAL SE LIQUIDA EL CREDITO DE LAOBLIGACION DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO
Martes, Marzo 16, 2021 - 16:55 Regional Huila
RESOLUCION # 317 Orden de Ejecución

CARLOS FERNANDO MEDINA CHAMBO CC 1084577743


POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCED A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 317 DE FECHA 10/12/2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTA SENTENCIA Y SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN
Martes, Marzo 16, 2021 - 16:45 Regional Huila
RESOLUCION # 259 Mandamiento de Pago

DARIO SAMBONI MUÑOZ


POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCED A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 259 DE FECHA 3/11/2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO A FAVOR DEL ICBF
Martes, Marzo 16, 2021 - 16:36 Regional Huila
RESOLUCION # 258 Mandamiento de Pago

DIEVER NAVIA MUÑOZ CC 1083914885


POR MEDIO DE LA PRESENTE SE PROCEDE A NOTIFICAR LA RESOLUCION # 258 DE FECHA 3/11/2020 POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO
Martes, Marzo 16, 2021 - 16:28 Regional Huila
RESOLUCIÓN N°006 DE 20 DE ENERO DE 2021 " POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO D EPAGO DENTRO DEL PRPOCESO N°2021-004 en contra de JHON FREDY CUARAN CUARAN" Mandamiento de Pago

JHON FREDY CUARAN CUARAN


La Funcionaria Ejecutora de la Jurisdicción Coactiva del ICBF Regional Nariño, en uso del factor de competencia establecido en la ley 0256, Estatuto Tributario, Ley 1437 de 2011 y en especial las siguientes Resoluciones: De la Dirección General del ICBF Nos. 5003 de 2020-Reglamento Interno de Recaudo de Cartera, 2934 de 2009- Manual de Cobro Administrativo Coactivo y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor JHON FREDY CUARAN CUARAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.299.685, por la obligación contenida la sentencia de fecha 16 de julio de 2020, proferida por el Juzgado Promiscuo de Familia de Túquerres, dentro del proceso de investigación de paternidad No. 2019-00082, por la suma de SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO NUEVE PESOS ($659.109) MDA/CTE, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO: NOTIFICAR al señor JHON FREDY CUARAN CUARAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.299.685, en la forma establecida en el Art 23 de la Resolución 5003 de 2020 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. ARTICULO TERCERO: ADVERTIR al señor JHON FREDY CUARAN CUARAN, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.086.299.685, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: Banco Agrario No. 048010022696 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño, correo electrónico Ruby.Medina@icbf.gov.co.
Martes, Marzo 16, 2021 - 08:54 Regional Nariño
RESOLUCIÓN Nro. 160 de 31 de diciembre de 2020 “POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO RESPECTO DE LA OBLIGACIÓN A CARGO DEL SEÑOR SEGUNDO OLMEDO SANTACRUZ DIAZ" Prescripción

SEGUNDO OLMEDO SANTACRUZ DIAZ


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño, en uso de sus facultades otorgadas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, el título VIII del Estatuto Tributario, el articulo 98 y siguientes del C.P.A.C.A, la Resolución No. 5003 del 17 de septiembre de 2020 y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionaria ejecutora del ICBF Regional Nariño a una servidora pública y, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO en el proceso de cobro coactivo adelantado en contra de SEGUNDO OLMEDO SANTACRUZ DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.367.332, por la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2010-0150 por el Juzgado tercero de Familia de Pasto, el día 16 de octubre de 2012, por valor de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($450.000) MDA/CTE, más los intereses moratorios que se hayan causado de conformidad con lo dispuesto en la Ley y correspondientes a los aportes parafiscales causados y dejados de cancelar, conforme a lo indicado en la parte considerativa del presente acto. ARTÍCULO SEGUNDO: DÉSE POR TERMINADO el proceso administrativo de cobro coactivo número 123-2014 que se adelanta en contra SEGUNDO OLMEDO SANTACRUZ DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.367.332. ARTÍCULO TERCERO: LEVÁNTESE las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas y líbrense los correspondientes oficios.
Martes, Marzo 16, 2021 - 08:50 Regional Nariño, SRPA – CESPA