Usted está en:

Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCIÓN N° 122 de 26 de noviembre de 2020 “POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DEL PROCESO N°2020-025 SEGUIDO EN CONTRA DE ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO" Orden de Ejecución

ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO


ARTÍCULO PRIMERO: Seguir adelante con la ejecución en contra de la señora ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.741, por la obligación pendiente de pago por concepto de la obligación contenida en la sentencia proferida dentro del proceso de filiación extramatrimonial No. 2009-00051, por el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de la Unión – Nariño, el día 11 de febrero de 2020. ARTÍCULO SEGUNDO: Condenar al ejecutado al pago de gastos procesales, conforme lo establece el artículo 836-1 del Estatuto Tributario Nacional. ARTICULO TERCERO: ordenar la aplicación de los títulos de depósito judicial que se encuentren pendientes y los que posteriormente se alleguen al proceso
Miércoles, Enero 20, 2021 - 09:35 Regional Nariño