Usted está en:

Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN Orden de Ejecución

ITELSEK SAS - 900.679.026-0


RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN
Miércoles, Marzo 18, 2020 - 18:00 Sede Dirección General
RESOLUCION n° 133 " por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso N° 2018-033" Orden de Ejecución

CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ


En uso de sus facultades conferidas por los arts. 5, 8, 16 de la ley 1066 de 2006, arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario. Arts. 58 y 60 de la resolución Nro. 384 de 2008 por la cual se subroga la resolución Nro. 22385 del 25 de septiembre de 2007 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y la Resolución N. 2934 de 2009 y RESUELVE:- PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No 2018033 seguido en contra del señor CAMILO ANDRES RIVAS SANTACRUZ, identificado con cédula de ciudadanía Nro. 1085338831 por la suma de TRESCIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS ($322.391) correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO que cursa en este Despacho a nombre del ejecutada citado en el numeral anterior de la presente providencia ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso. TERCERO CONDENAR al ejecutado al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No 2018033
Lunes, Marzo 9, 2020 - 17:26 Regional Nariño
resolucion N° 017 de fecha 28 de febrero 2019 " por medio de la cual se ordena seguir adelante con el procesos N° 2018-051." Orden de Ejecución

JUMMY JAIR MUÑOS MENESES


En uso de sus facultades conferidas por los arts. 5, 8, 16 de la ley 1066 de 2006, arts 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la resolución Nro.: 384 de 2008 por la cual se subroga la resolución Nro. 22385 del 25 de septiembre de 2007 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y la Resolución Nro. 2934 de 2009 y. RESUELVE:- PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No 2018051 seguido en contra del señor JIMMY JAIR MUNOZ MENESES, identificado con cédula de ciudadanía. Nro. 15815809 por la suma de SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL PESOS ($618.000) m/cte. correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo seria del Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motivan de la presente resolución. SEGUNDO: que cursa en este Despacho a nombre del ejecutado citado en el numeral anterior de la presente providencia ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso. TERCERO, CONDENAR al ejecutado al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No 2018-051
Lunes, Marzo 9, 2020 - 17:13 Regional Nariño
resolución N° 134 de fecha 13 de noviembre de 2018 " se ordena seguir adelanta con el proceso de cobro administrativo coactivo N° 2018-038 Orden de Ejecución

OLMEDO FABIO MORA


En uso de sus facultades conferidas por los arts. 5, 8, 16 de la ley 1066 de 2006, arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts 58 y 60 de la resolución Nro 384 de 2008 por la cual se subroga la resolución Nro. 22385 del 25 de septiembre de 2007 y se adopta el Reglamento Interno de Recaudo de Cartera y la Resolución Nro. 2934 de 2009 y RESUELVE:- PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No 2018038 seguido en contra del señor OLMEDO FABIO MORA, Identificado con cédula de ciudadanía Nro 97436220 por la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($660.256) correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: que cursa en este Despacho a nombre del ejecutada citado en el numeral anterior de la presente providencia ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso. TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No 2018-038
Lunes, Marzo 9, 2020 - 16:23 Regional Nariño