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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCIÓN No. 0281 DEL 22 DE ENERO DE 2020 POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN Orden de Ejecución

ASOCIACIÓN DE AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS DE LAS ZONAS DE YAPÚ - ASATRIZY NIT. 900.030.703-2


RESOLUCIÓN No. 0281 DEL 22 DE ENERO DE 2020 POR LA CUAL SE ORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN DENTRO DEL PROCESO LIBRADO CONTRA LA ASOCIACIÓN DE AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS DE LAS ZONAS DE YAPÚ - ASATRIZY IDENTIFICADA CON NIT. 900.030.703-2
Miércoles, Junio 24, 2020 - 21:45 Sede Dirección General