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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCIÓN No. 060 DE 2020 (23 de julio) “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso” Orden de Ejecución

ANGELICA MARIA ESCOBAR MUÑOZ C.C. No: 1.072.665.167


RESOLUCIÓN No. 060 DE 2020 (23 de julio) “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso” PROCESO: COBRO ADMINISTRATIVO COACTIVO No. 002-2020 DEMANDADO: ANGELICA MARIA ESCOBAR MUÑOZ C.C. No: 1.072.665.167
Miércoles, Septiembre 23, 2020 - 18:11 Regional Cundinamarca
RESOLUCION 007 DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 220 Orden de Ejecución

JOHN ALEXANDER ARBOLEDA GARCIA


RESOLUCION QUE ORDEN SEGUIR ADELANTE LA EJECUCION
Miércoles, Septiembre 23, 2020 - 13:56 Regional Risaralda