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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Resolución No. 0438 de 20 de marzo de 2019 General

LANCEROS BOYACA EN LIQUIDACION S.A.


Resolución No. 0438 de 20 de marzo de 2019 "“Por medio de la cual se declara pérdida de fuerza ejecutoria de la Resolución No. 1477 de 08 de noviembre de 1999 y la Resolución No. 1214 de 12 de octubre de 2001 y se declara la terminación del proceso No. 2014-132”
Miércoles, Marzo 27, 2019 - 16:45 Regional Boyacá