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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RESOLUCION 0006 DEL 10/018/2019 Prescripción

NELSON GARCIA FONSECA


RESOLUCION No. 0006 DEL 10/01/2019 POR MEDIO DEL CUAL SE DECRETO LA PRESCRIPCION DE LA OBLIGACION A CARGO DEL SEÑOR NELSON GARCIA FONSECA, IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA No. 91.456.543.
Martes, Enero 15, 2019 - 09:51 Regional Santander
RESOLUCIÓN 0200 DEL 26/12/2018 Nulidad

CIRO ANTONIO APARICIO GUZMAN


MEDIANTE RESOLUCION NO. 0200 DEL 26/12/2018 POR MEDIO DEL CUAL SE DECRETA LA NULIDAD DE LO ACTUADO POR PAGO DE LA OBLIGACION EN LA ETAPA PERSUASIVA POR PARTE DEL DEMANDADO CIRO ANTONIO APARICIO GUZMAN IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANIA NO. 13.926.115.
Martes, Enero 15, 2019 - 09:45 Regional Santander
Resolucion N° 142. 10-12-2018. ORDEN DE EJECUCION Orden de Ejecución

LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA


RESOLUCION No.142 (10 de diciembre de 2018) “Por medio de la cual se ordena seguir adelante con la ejecución del proceso 2018-023 seguido en contra de la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificado con cédula de ciudadanía número 59.826.851 RESUELVE PRIMERO: ORDENAR seguir adelante con la ejecución del proceso No.2018-023, seguido en contra de la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula 59826851, por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($541.446) m/cte, correspondientes a capital, más los intereses moratorios causados diariamente conforme lo señala el Estatuto Tributario y las normas internas del ICBF, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: ORDENAR la liquidación del crédito de la obligación adeudada dentro del proceso que cursa en este Despacho a nombre del ejecutada citado en el numeral anterior de la presente providencia TERCERO: CONDENAR al ejecutado al pago de los costes procesales en que haya incurrido la administración dentro del proceso No.2018-023
Martes, Enero 15, 2019 - 09:10 Regional Nariño