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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Tipo de Notificación

Ubicación

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Resolución No. 046 de 12/03/2018 Orden de Ejecución

EDWAR GEOVANNY ANACONA MUÑOZ


Por medio de la presente se procede a Notificar la Resolución No. 46 de fecha 12 de marzo de 2018, mediante la cual se ordena seguir adelante con la ejecución de un proceso.
Miércoles, Abril 25, 2018 - 14:45 Regional Cauca