Usted está en:

Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Tipo de Notificación

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
NOTIFICACION POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

ALEXANDER BURITICA SOTO


RESOLUCION No. 097 (01 de agosto de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-036, en contra del señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, por concepto de la obligación contenido en la por acta de diligencia de reconocimiento y acta de lectura de resultados realizada en el despacho de la Defensoría de Familia, correspondiente al valor total de la prueba genética, por la suma de SEISCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($660.256) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00394 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048025022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: ADVERTIR al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00394 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR Al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00394 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR Al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR Al señor ALEXANDER BURITICA SOTO, identificado con cédula número 1085304534, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto.
Lunes, Agosto 6, 2018 - 16:15 Regional Nariño
Resolución No 160 Mandamiento de Pago

Juan Ricardo Castillo Tulcan CC 1084252 proceso 34 - 2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 160 de fecha 16/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 11:30 Regional Huila
Resolución No 161 Mandamiento de Pago

Sulay Alvarez Mendez CC 1.075.250.650 proceso 35-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 161 de fecha 16/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 11:15 Regional Huila
Resolución No 173 Mandamiento de Pago

Maria Fernanda Montealegre Facundo CC 1075306442 proceso 39-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 173 de fecha 12/06/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 11:00 Regional Huila, Centro Zonal Neiva
Resolución No 159 Mandamiento de Pago

Mariano Ospina Noriega CC18910573 proceso 33-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 159 de fecha 16/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:45 Regional Huila
Resolución No 157 Mandamiento de Pago

Jorge Luis Plazas Rodriguez CC 1.075.238317 proceso 31-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 157 de fecha 16/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:30 Regional Huila
Resolución No 134 Mandamiento de Pago

Leonidas Bastidas Losada CC 1.081.401.946 proceso


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 134 de fecha 02/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:15 Regional Huila
Resolución No 138 Mandamiento de Pago

Cesar Polanía Cardenas CC 1.079.183.421 proceso


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 138 de fecha 02/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:15 Regional Huila
Resolución No 133 Mandamiento de Pago

Lomelin Vidal Vargas CC 80737585 proceso 22-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 133 de fecha 02/05/2018, mediante la cual se libra Mandamiento de Pago a favor del ICBF Regional Huila.
Jueves, Agosto 2, 2018 - 10:00 Regional Huila
RESOLUCIÓN No. 014 DEL 19 DE ABRIL DE 2018 Mandamiento de Pago

RUBEN YESID ORTIZ VASQUEZ


Resolución No. 014 19 de abril de 2018, “Por la cual se libra mandamiento de pago”
Miércoles, Julio 25, 2018 - 09:45 Regional Valle
RESOLUCION No. 018 de 2018- MANDAMIENTO DEPAGO. Mandamiento de Pago

EDUIN MURCIA


Resolución No. 018 del 17 de abril de 2018 mediante la cual se libra mandamiento de pago a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR- CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS, en contra del señor EDUIN MURCIA, identificado con C.C. No. 7.316.060, por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS ($492.660) M.CTE., obligación ésta fijada a su cargo en la Sentencia de fecha 30 de diciembre de 2013, proferida por el Juzgado de Familia del Circuito de Chiquinquirá dentro de Proceso de Investigación de Paternidad No. 2015-00152, por concepto de reintegro del valor de la prueba de ADN practicada, al tenor de lo nombrado en el Parágrafo 3º. Del artículo 6º. De la Ley 721 de 2001, según liquidación emanada del Grupo Financiero del ICBF Regional Cundinamarca de fecha 10 de abril de 2018, suma ésta sujeta a la indexación correspondiente, más los intereses moratorios por cada día calendario de retardo en el pago, liquidados a la tasa efectiva de usura certificada por la Superintendencia Financiera, hasta que se verifique el pago total de la obligación, más el pago de los gastos y costas que se ocasionen en el proceso en procura de hacer efectivo el pago de la deuda a favor del ICBF .
Jueves, Julio 19, 2018 - 15:30 Regional Cundinamarca
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Juan Diego Estrada Saldarriaga


Resolucion 031 del 18 de mayo por la cual se libro mandamiento de pago
Jueves, Julio 19, 2018 - 11:15 Regional Antioquia
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Ivan Alexander Carmona Bedoya


Resolucion 028 del 23 de abril de 2018 por medio de la cual se libro mandamiento de pago
Jueves, Julio 19, 2018 - 11:15 Regional Antioquia
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Leon yair arredondo bedoya


Resolucion 015 del 21 de febrero de 2018 por medio de la cual se libro mandamiento de pago
Jueves, Julio 19, 2018 - 10:30 Regional Antioquia
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Esneider Alexander Mazo


Resolucion 026 del 11 de abril de 2018 pór la cual se libro mandamiento de pago
Jueves, Julio 19, 2018 - 10:30 Regional Antioquia
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Diego Fernando Moreno


Resolucion 013 del 05 de febrero de 2018 por medio de la cual se libro mandamiento de pago
Jueves, Julio 19, 2018 - 10:15 Regional Antioquia
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Skema Accesorios


Resolucion 014 del 21 de febrero de 2018 por la cual se libro mandamiento de pago
Jueves, Julio 19, 2018 - 10:15 Regional Antioquia
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Jorge Luis Castaño Gaviria


Resolucion 012 del 05 de febrero de 2018 por la cual se libro mandamiento de pago
Jueves, Julio 19, 2018 - 10:00 Regional Antioquia
RESOLUCION 141 DE 2018 Mandamiento de Pago Regional Caldas
Resolución 108 Mandamiento de Pago

Boris Fernando Rojas Alvarado CC 7.710.113 proceso 16-2018


Por medio de la presente se procede a notificar la resolución No 108 de fecha 27 de marzo de 2018, mediante la cual se libra mandamiento de pago a favor del ICBF Huila
Martes, Julio 17, 2018 - 16:45 Regional Huila
Resolución Nro. 011 del 18 de Junio de 2018 Mandamiento de Pago

YONATAN ALEXANDER TREJOS JARAMILLO


Resolución por medio de la cual se libra mandamiento de pago en contra del señor YONATAN ALEXANDER TREJOS JARAMILLO, con C.C Nro. 10.045.036, por concepto de reembolso del valor de la prueba de ADN. Se advierte al demandado que contra la Resolución no proceden Recursos, según lo dispuesto por el artículo 833-1 del Estatuto Tributario, pero podrá formular excepciones dentro de los 15 dias siguientes a su notificación, de acuerdo con el artículo 830 del mismo Estatuto.
Martes, Julio 17, 2018 - 16:45 Regional Risaralda, Centro Zonal Pereira
RESOLUCION 0104 DE 2018 Mandamiento de Pago Regional Caldas
RESOLUCION 0139 JULIO 10 2018 Mandamiento de Pago Regional Caldas
Resolución 059 Proceso Ejecutivo, contra LUIS ENRIQUE VERA GUTIERREZ Mandamiento de Pago

LUIS ENRIQUE VERA GUTIERREZ


Notificación Resolución 059 de fecha 7 de mayo de 2018, por medio del cual se LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO, dentro del proceso ejecutivo por el despacho de cobro administrativo coactivo del ICBF Regional Tolima contra, LUIS ENRIQUE VERA GUTIERREZ, identificado con cedula No. 14.397.990
Miércoles, Julio 11, 2018 - 13:45 Regional Tolima
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Victor Alfonso Duque Serna


Resolución 029 del 17 de mayo de 2018 por medio de la cual se modifica el mandamiento de pago y otras providencia adelantado en contra del señor Víctor Alfonso Duque Serna
Miércoles, Julio 11, 2018 - 11:00 Regional Antioquia
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Unique Group S.A.S


Resolucion 029 del 18 de enero de 2018 por medio de la cual se libra mandamiento de pago
Miércoles, Julio 11, 2018 - 11:00 Regional Antioquia
Resolucion por medio del cual se libra mandamiento de pago Mandamiento de Pago

Asesypro S.A.S


Resolucion 003 del 18 de enero de 2018 por la cual se libra mandamiento de pago
Miércoles, Julio 11, 2018 - 11:00 Regional Antioquia
NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

FUNDACIÓN DEJANDO HUELLA


RESOLUCION No. 071 (07 de junio de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-026, en contra la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA por los perjuicios sufridos por el ICBF ante el incumplimiento parcial del contrato de aporte 629-2014, por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NUEVE PESOS ($348.435.309) m/cte, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR a la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00394 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR a la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: BANCOLOMBIA- CUENTA CORRIENTE OTROS INGRESOS No.07479983277 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00394 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR A la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00394 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR A la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR A la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE San Juan de Pasto, a los siete (07) días del mes de junio de 2018.
Lunes, Julio 9, 2018 - 15:00 Regional Nariño
NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

FUNDACION DEJANDO HUELLA


RESOLUCION No. 070 (07 de junio de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-025, en contra la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra del FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA por los perjuicios sufridos por el ICBF ante el incumplimiento parcial del contrato de aporte 622-2014, por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SETESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS ($346.749.759)m/cte, más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR a la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00394 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR a la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: BANCOLOMBIA- CUENTA CORRIENTE OTROS INGRESOS No.07479983277 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00394 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR A la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00394 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR A la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR A la FUNDACION DEJANDO HUELLA, persona jurídica, identificada con Nit Nro. 900249994-0, representada por la señora BERTHA INES MUÑOZ BALBUENA que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE San Juan de Pasto, a los siete (07) días del mes de junio de 2018.
Lunes, Julio 9, 2018 - 14:45 Regional Nariño
NOTIFICACIÓN POR PAGINA WEB. MANDAMIENTO DE PAGO Mandamiento de Pago

LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA


RESOLUCION No. 067 (31 de mayo de 2018) “POR LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO DENTRO DEL PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro. 2018-023, en contra de la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59826851 En virtud de lo anterior el Despacho, RESUELVE PRIMERO: LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO, por vía administrativa de Jurisdicción Coactiva, a favor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Regional Nariño y en contra de la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59826851, por concepto de la obligación contenido en acuerdo de pago, acta de lectura de resultados y certificado de remisión de valor prueba de ADN, por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS ($541.446) m/cte., más los intereses a que haya lugar de acuerdo a las normas pertinentes, liquidados hasta la fecha de pago efectivo de la obligación en concordancia con la parte motiva de la presente resolución. SEGUNDO: NOTIFICAR a la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59826851, en la forma establecida en el Art 23 de la resolución 00384 de 2008 (Art 826 del Estatuto Tributario). Una vez notificada la presente resolución se interrumpe el término de prescripción. TERCERO: ADVERTIR a la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59826851, que el pago deberá efectuarlo dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del presente mandamiento de pago, para lo cual deberá consignar la suma adeudada a favor del ICBF, en la siguiente cuenta corriente: banco agrario 048010022696 código 11174 y deberá enviar copia de la consignación a la oficina de Jurisdicción Coactiva ICBF Regional Nariño CUARTO: a la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59826851, que dentro del mismo término- 15 días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, podrá proponer mediante escrito, ante la Funcionaria Ejecutora de la Regional Nariño, las excepciones contempladas en el artículo 24 de la resolución 00384 de 2008 del ICBF en concordancia con lo establecido en el artículo 831 del estatuto tributario. QUINTO: ADVERTIR A la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59826851, que contra la presente resolución no procede recurso alguno, según lo dispuesto en el artículo 28 de la resolución 00384 de 2008 concordante con lo señalado en el artículo 833-1 del Estatuto Tributario. SEXTO: CONDENAR A la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59826851, a cancelar los costes del proceso y/o gastos que se generen dentro del mismo. SEPTIMO: ADVERTIR A la señora LEYDI MARIELA LOPEZ BOTINA, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59826851, que de conformidad con lo señalado en el artículo 626 del código general del proceso es su deber denunciar bienes que garanticen el pago de la obligación contenida en el presente auto. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE San Juan de Pasto, a los treinta y un (31) días del mes de mayo de 2018.
Lunes, Julio 9, 2018 - 12:15 Regional Nariño