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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
resolucion 0051 del 13 de junio 2017 Mandamiento de Pago

HECTOR DIAZ


Resolucion No. 0051 del 13 Junio 2017 por medio del cual se libra mandamiento de pago en contra del señor HECTOR DIAZ por el no pago de Prueba Genetica ADN
Jueves, Marzo 15, 2018 - 14:45 Regional Santander