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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Resolución No.027 de 16 de julio de 2018 Mandamiento de Pago

HAMILTON PARRA GUTIERREZ


Resolucion No.027 de julio 16 de 2018 , mediante la cual se libra mandamiento de pago
Jueves, Septiembre 6, 2018 - 14:45 Regional Valle
Auto No. 17 de fecha 23 de agosto de 2018 Traslado de Liquidación

HAROLD MAURICIO ESCOBAR PARRA


Auto No. 17 de fecha 23 de agosto de 2018, mediante el cual se dispone la liquidación del crédito,dentro del proceso de cobro coactivo No.1859-2017
Jueves, Septiembre 6, 2018 - 14:00 Regional Valle
Auto No.16 de fecha 23 de agosto de 2018 Traslado de Liquidación

EIDER OVIDIO FERNANDEZ ROJAS


Auto No 16 de fecha 23 de agosto de 2018, por medio del cual se dispone la liquidación de crédito,dentro del proceso de cobro coactivo
Jueves, Septiembre 6, 2018 - 13:45 Regional Valle
RESOLUCIÓN No.11495 del 29/08/2018 Terminación del Proceso

JHON JAIRO MESA MESA E INGENIEROS ASOCIADOS S.A.S.


RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE TERMINA UN PROCESO DE COBRO COACTIVO
Jueves, Septiembre 6, 2018 - 10:30 Sede Dirección General
RESOLUCION No. 096 DEL 30 DE AGOSTO DE 2018, POR LA CUAL SE DECRETA LA REMISION DE UNA OBLIGACIÓN Terminación del Proceso

FERNANDO BERNAL YAZO, C.C. No. 80.656.160


RESOLUCIÓN No. 096 DEL 30 DE AGOSTO DE 2018, POR LA CUAL SE DECRETA LA REMISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE FERNANDO BERNAL YAZO, C.C. No. 80.656.160
Jueves, Septiembre 6, 2018 - 09:30 Regional Cundinamarca
APROBACIÓN LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO Deja en Firme Liquidación

HERLINGTON RAMOS SUAREZ


AUTO del 06 de SEPTIEMBRE de 2018. “Por medio del cual se aprueba la Liquidación del Crédito dentro de un Proceso Administrativo de Cobro Coactivo” Referencia: Proceso: 002-2012 Demandado: HERLINGTON RAMOS SUAREZ C.C. No 94.493.267 La funcionaria ejecutor de la Oficina de Cobro Administrativo Coactivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Regional Amazonas, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, establecidas en el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, articulo 98 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, articulo 837 del Estatuto Tributario, articulo 38 y siguientes de la Resolución No 0384 del 11 de febrero de 2008, Resolución No 2934 del 17 de julio de 2009, proferida por la Direccion General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y en especial las conferidas en la resolución No 256 del 20 de marzo de 2018, proferida por la Direccion Regional – Amazonas del ICBF. CONSIDERANDO Mediante Auto de fecha 25 de julio de 2018, se liquidó el crédito dentro del proceso de la referencia, por un valor de total de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.537.334). Que el mencionado Auto se Notificó por AVISO a través de la página web del ICBF al señor HERLINGTON RAMOS SUAREZ identificado con cedula de ciudadanía No 94.493.267, el día 25 de julio de 2018, toda vez que no se tiene dirección física de notificación tal y como consta en el aviso que obra en el expediente. Que el día 31 de julio de 2018, venció el término para objetar la liquidación del crédito: teniendo en cuenta que la liquidación del crédito no fue objetada y la misma se encuentra ajustada a derecho, se imparte su aprobación, de conformidad con el artículo 836-1 del Estatuto Tributario. En mérito de lo expuesto: RESUELVE PRIMERO: aprobar en todas y cada una de sus partes, la liquidación del crédito realizada mediante auto de fecha 25 de julio de 2018, por la suma de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($1.537.334). SEGUNDO: contra este auto NO procede recurso alguno, de acuerdo al artículo 833-1 del Estatuto Tributario.
Jueves, Septiembre 6, 2018 - 07:15 Regional Amazonas