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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Auto que liquida el crédito de la Obligación Traslado de Liquidación

Yamil Armando García Ruíz, C.C. 1.073.158.940


Notificación Auto de fecha 13 de agosto de 2018, por medio del cual se liquida el crédito de la Obligación dentro del Proceso de Cobro Administrativo Coactivo 887-2018 – Yamil Armando García Ruíz, C.C. 1.073.158.940
Viernes, Agosto 31, 2018 - 15:15 Regional Cundinamarca
TRASLADO LIQUIDACION DE CREDITO Traslado de Liquidación

DIVA LORENA IRIARTE MARTINEZ


AUTO del 27 de JULIO de 2018. “Por medio del cual se Liquida el Crédito dentro de un Proceso Administrativo de Cobro Coactivo” Referencia Proceso: 005-2017 Ejecutado: DIVA LORENA IRIARTE MARTINEZ C.C. No 1.121.208.669 La funcionaria ejecutor de la Regional Amazonas del ICBF, en uso de sus facultades conferidas por el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006, artículo 99 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, artículo 823 del Estatuto Tributario y artículo 10 y las conferidas en la Resolución 256 del 20 de marzo de 2018 de la Direccion Regional Amazonas, procede a realizar la liquidación del crédito del proceso identificado, previa las siguientes: CONSIDERACIONES Que dentro del proceso de cobro administrativo coactivo de la referencia, se profirió Resolución No 007 del 20 de marzo de 2018, “por medio del cual se ordena seguir adelante la ejecución de un proceso” en contra de la señora DIVA LORENA IRIARTE MARTINEZ identificada con cedula de ciudadanía No 1.121.669, la cual se encuentra debidamente ejecutoriada. Que en cumplimiento de los fundamentos jurídicos que anteceden, la Funcionaria Ejecutor dando aplicación al artículo 448 del CGP y el articulo 836-1 del Estatuto Tributario, procederá a realizar la liquidación de crédito, esta actuación involucra la obligación por la cual se ordenó el mandamiento de pago, más los intereses moratorios causados hasta la fecha de la presente liquidación, obligación que posteriormente se ordenó seguir adelante mediante Resolución No 007 del 20 de marzo de 2018. Que en consecuencia se procede a liquidar el crédito, discriminado de la siguiente manera: LIQUIDACION DE CREDITO A CORTE julio de 2018. DEMANDADO PROCESO NO CAPITAL INTERESES TOTAL Diva Lorena Iriarte Martinez 005-2017 $596.746 $134.719 $731.465 AUTO del 27 de JULIO de 2018. “Por medio del cual se Liquida el Crédito dentro de un Proceso Administrativo de Cobro Coactivo” TOTAL DEL CREDITO: SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($731.465) Que en mérito de lo anteriormente expuesto, la suscrita funcionaria ejecutor del INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTA FAMILIAR Regional Amazonas: RESUELVE PRIMERO: fijar en la suma de SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($731.465) a corte de julio de 2018, que por concepto del crédito debe pagar a favor del INSTITUTO COLOMBAINO DE BIENESTA FAMILIAR – Regional Amazonas, la señora DIVA LORENA IRIARTE MARTINEZ. SEGUNDO: correr traslado de esta liquidación a la deudora señora DIVA LORENA IRIARTE MARTINEZ por el termino de tres (3) días para que formule las objeciones que considere pertinentes, para lo cual el expediente permanecerá a su disposición, en la oficina jurídica de la Regional. TERCERO: Contra este Auto no procede recurso alguno. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
Jueves, Agosto 30, 2018 - 08:00 Regional Amazonas
AUTO No. 9 DE 2018 Traslado de Liquidación

MAIKOL STEVEN BARRIGA CORRALES


AUTO No. 9 DE FECHA 9 DE JULIO DE 2018 por medio del cual se dispone la liquidacion del credito ,dentro del proceso de cobro coactivo No. 1736-2012.
Martes, Agosto 28, 2018 - 11:45 Regional Valle
AUTO No. 10 DE FECHA 26 DE JUNIO DE 2018 Traslado de Liquidación

PABLO EMILIO GIL ARREONDO


AUTO No. 10 DE 26 DE JUNIO DE 2018 POR MEDIO DE LA CUAL SE DISPONE LA LIQUIDACION DEL CREDITO DENTRO DEL PROCESO DE COBRO COACTIVO No. 1877-2017
Jueves, Agosto 16, 2018 - 10:30 Regional Valle
RESOLUCION No. 04 DE 14 DE FEBRERO DE 2018 Traslado de Liquidación

CARLOS ANDRES HENAO CARDONA


Resolucion No. 04 de 14 de Febrero de 2018 , por medio de la cual se ordena seguir adelante la ejecucion.
Jueves, Agosto 16, 2018 - 09:30 Regional Valle
NOTIFICACION POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO Traslado de Liquidación

YOLIMA DEL CARMEN ROMERO


AUTO San Juan de Pasto, 31 de julio de 2018 Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2018-028 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2018-028 Ejecutado: YOLIMA DEL CARMEN ROMERO MELENDEZ, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59830098 Ejecutante: I.C.B.F. Regional – Nariño Por lo anteriormente expuesto, el Despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de SETESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS ($757.699), monto generado en el transcurso del proceso 2018-028 que se sigue en contra de YOLIMA DEL CARMEN ROMERO MELENDEZ, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59830098, de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a YOLIMA DEL CARMEN ROMERO MELENDEZ, identificada con cédula de ciudadanía Nro. 59830098, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes
Jueves, Agosto 9, 2018 - 16:45 Regional Nariño
NOTIFICACION POR PAGINA WEB. LIQUIDACIÓN DE CREDITO Traslado de Liquidación

MARCOS FERNANDO RIASCOS


AUTO San Juan de Pasto, 31 de julio de 2018 Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2018-029 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2018-029 Ejecutado: MARCOS FERNANDO RIASCOS TOBAR, identificado con cédula de ciudadanía número 87532157 Ejecutante: I.C.B.F. Regional – Nariño Por lo anteriormente expuesto, el Despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL TREINTA Y TRES PESOS ($861.033), monto generado en el transcurso del proceso 2018-029 que se sigue en contra de MARCOS FERNANDO RIASCOS TOBAR, identificado con cédula de ciudadanía número 87532157, de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a MARCOS FERNANDO RIASCOS TOBAR, identificado con cédula de ciudadanía número 87532157, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes CÚMPLASE
Jueves, Agosto 9, 2018 - 16:45 Regional Nariño
NOTIFICACION POR PAGINA WEB. TRASLADO DE LIQUIDACIÓN DE CREDITO Traslado de Liquidación

YAMILE DEL PILAR CASTRO


AUTO San Juan de Pasto, 30 de julio de 2018 Por medio del cual se adelanta la liquidación de crédito y costas procesales dentro del proceso 2018-013 Proceso: PROCESO DE JURISDICCION COACTIVA Nro.2018-013 Ejecutado: YAMILE DEL PILAR CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía número 27397074 Ejecutante: I.C.B.F. Regional – Nariño Por lo anteriormente expuesto, el Despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- DETERMINAR cómo liquidación de crédito la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS ($1.830.437), monto generado en el transcurso del proceso 2018-013 que se sigue en contra de YAMILE DEL PILAR CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía número 27397074, de acuerdo a la parte motiva del presente auto ARTICULO SEGUNDO.- COMUNICAR el contenido del presente auto a YAMILE DEL PILAR CASTRO, identificada con cédula de ciudadanía número 27397074, de conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario y normas internas del ICBF ARTICULO TERCERO.- INFORMAR que se correrá traslado por el término de tres (3) días que la parte interesada presente las objeciones o aclaraciones que considere pertinentes
Lunes, Agosto 6, 2018 - 11:00 Regional Nariño