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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Notificación Proceso 006 2012 Traslado de Liquidación

Agencia De Viajes Y Turismo Viajes Popayan Ltda Nit. 891.500.792-3


Auto No. 640 de 27 de enero de 2015 Liquidación del Crédito, advirtiendole al demandado que el expediente permanecerá a su disposición en este despacho para que en el término de tres (3) días formule las objeciones que considere pertinentes según lo dispuesto en Art. 521 del Código de Procedimiento Civil caso en el cual deberá presentar una liquidación alternativa a esta providencia.
Viernes, Junio 16, 2017 - 16:00 Regional Cauca
Notificación Proceso 004 2010 Traslado de Liquidación

Gustavo Grajales Salazar C.C. 10.550.912


Auto Nro. 703 de 02 de marzo de 2015 Liquidación del Crédito advirtiéndole al demandado que el expediente permanecerá a su disposición en este despacho para que en el término de tres (3) días formule las objeciones que considere pertinentes según lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil caso en el cual deberá presentar una liquidación alternativa a esta providencia.
Viernes, Junio 16, 2017 - 15:00 Regional Cauca
Notificación Proceso 009 2012 Traslado de Liquidación

Servicios Eléctricos Del Guabal Ltda Nit. 817.007.203


Auto Nro. 630 de 20 de enero de 2015, Liquidación del Crédito Advirtiéndole al demandado que el expediente permanecerá a su disposición en este despacho para que en el término de tres (3) días formule las objeciones que considere pertinentes según lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil caso en el cual deberá presentar una liquidación alternativa a esta providencia.
Jueves, Junio 15, 2017 - 14:45 Regional Cauca