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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
Notificación Proceso 852 2015 Terminación del Proceso

Heiner Alexander Diaz Rojas Y Otro, C.C.1.059.705.032


Resolución No. 0216 del 12 de Septiembre de 2016. Contra esta Resolución no proceden recursos.
Viernes, Septiembre 30, 2016 - 16:00 Regional Caldas
Notificación Proceso 853 2015 Terminación del Proceso

Cesar Andres Pinto Yate, Cc.1.010.188.523


Resolución No.0203 del 26 de Agosto de 2016. Contra esta Resolución no proceden recursos.
Jueves, Septiembre 29, 2016 - 20:00 Regional Caldas
Notificación Proceso 717 2013 Terminación del Proceso

Eder Hoyos Hoyos, C.C.10.176.777


RESOLUCIÓN NO.0204 DEL 27 DE AGOSTO DE 2016. CONTRA ESTA RESOLUCIÓN NO PROCEDE RECURSO.
Jueves, Septiembre 29, 2016 - 19:30 Regional Caldas
Notificación Proceso 1353 2011 Terminación del Proceso

Oscar Javier Pelayo Araque C.C. 91.455.568


Resolución No. 0074 de 21 de Mayo de 2013. Advirtiéndole que contra la presente, no procede recurso alguno (art.833-1 Estatuto Tributario).
Martes, Septiembre 27, 2016 - 21:00 Regional Santander
Notificación Proceso 961 2007 Terminación del Proceso

Geovanny Adan Pimiento Campos Nit. 91.078.251-9


Resolución No. 0081 de 27 de Mayo de 2015. Advirtiéndole que contra la presente, no procede recurso alguno (art.833-1 Estatuto Tributario)
Sábado, Septiembre 24, 2016 - 20:45 Regional Santander