NLF 3568 CENTRO INTENAZIONALE PER LINFANZIA E LA FAMIGLIA ETS
Auto que aprueba
Mediante la presente publicación se notifica el contenido del Auto de fecha 27 de julio de 2027, por medio del cual se aprueba la liquidación.
Auto que Aprueba
Mediante la presente publicación se notifica el contenido del Auto de fecha 27 de julio de 2026, por medio del cual se aprueba la liquidación del crédito.
Resolución No. 033 de 2026 remisión y terminación Carlos Javier Rodríguez Torres 2022-134.
Resolución No. 033 de 2026 remisión y terminación Carlos Javier Rodríguez Torres 2022-134. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: DECLARAR LA REMISIBILIDAD en el proceso de cobro coactivo con radicado No. 2022-134, adelantado en contra de CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ TORRES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.053.608.432, por el capital indexado de SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($658.790), más los intereses moratorios y costas (gastos administrativos), conforme a la sentencia del siete (7) de noviembre del dos mil diecinueve (2019) proferida por el Juzgado Primero de Familia Tunja-Boyacá, dentro del proceso de investigación de paternidad radicado No. 150013160-001-2019-00202-00, en la que ordenó el reembolso al ICBF del costo del éxamen genético de filiación, de acuerdo con las razones expuestas en la parte considerativa. ARTICULO SEGUNDO: DECRETAR LA TERMINACIÓN del proceso administrativo de cobro coactivo radicado bajo el No. 2022-134, adelantado en contra de CARLOS JAVIER RODRÍGUEZ TORRES, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.053.608.432. ARTICULO TERCERO: DECRETAR EL LEVANTAMIENTO de las medidas cautelares que hayan sido decretadas y registradas; libren oficios a entidades. ARTICULO CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución al deudor, de conformidad con lo establecido en el artículo 565 del Estatuto Tributario. ARTICULO QUINTO: COMUNICAR el contenido de la presente decisión al Grupo Interno de Trabajo Financiero de la Regional Boyacá, para que proceda con la cancelación del registro contable correspondiente.
ARTICULO SEXTO: ARCHIVAR el expediente y hacer las anotaciones respectivas.



















