Usted está en:

Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
AUTO DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 2023 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION" Deja en Firme Liquidación

YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ CC No. 1.088.976.686


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 010- 2023, entablado en contra del señor YÉLIBEN ARBEY MUÑOZ DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.976.686 y determinado mediante auto de fecha 03 de noviembre de 2023, por valor total de SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN PESOS CON OCHO CENTAVOS ($649.471,8) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado YÉLIBER ARBEY MUÑOZ DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.976.686, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
Jueves, Diciembre 7, 2023 - 08:42 Regional Nariño
AUTO "POR MEDIO DEL CUAL SE PARUEBA LA LIQUIDACION DE LA OBLIGACION" Deja en Firme Liquidación

BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO CC No. 1.085.662.295


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. Resuelve: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 009- 2023, entablado en contra del señor BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295 y determinado mediante auto de fecha 03 de noviembre de 2023, por valor total de UN MILLON CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE PESOS CON OCHO CENTAVOS ($1.052.989,8) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado BRANDON EDUARDO CASTRO ERAZO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.662.295, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
Jueves, Noviembre 30, 2023 - 10:32 Regional Nariño, Centro Zonal Barbacoas
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION” en contra del señor HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262 Deja en Firme Liquidación

HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2023-002, entablado en contra del señor HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262 y determinado mediante auto de fecha 15 de mayo de 2023, por valor total de UN MILLON SESENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS CON UN CENTAVO ($ 1.060.839,1) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado HEDDER IVAN MUÑOZ BURBANO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.088.974.262, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
Miércoles, Junio 7, 2023 - 14:51 Regional Nariño
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE LA LIQUIDACION DEL CREDITO” en contra del señor GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408 Deja en Firme Liquidación

GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2019-008, entablado en contra del señor GUILLERMO CUARAN GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408 y determinado mediante auto de fecha 08 de mayo de 2023, por valor total TRESCIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA CUATRO PESOS ($307.934) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado GUILLERMO ROMAN GUTIERREZ identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.408, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
Jueves, Junio 1, 2023 - 17:20 Regional Nariño
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE LA LIQUIDACION DEL CREDITO” en contra del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 Deja en Firme Liquidación

JUAN CARLOS LEON TARAPUES CC No. 1.085.341.956


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF y la Resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2018-047, entablado en contra del señor JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 y determinado mediante auto de fecha 19 de mayo de 2023, por valor total CUATROCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS CON OCHO CENTAVOS ($415.534,8) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado JUAN CARLOS LEON TARAPUES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.341.956 advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
Jueves, Junio 1, 2023 - 16:50 Regional Nariño
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE LA LIQUIDACION DEL CREDITO” en contra del señor Jhon Fredy Cuaran Cuaran, identificado con C.C N° 1.086.299.685 Deja en Firme Liquidación

Jhon Fredy Cuaran Cuaran, identificado con C.C N° 1.086.299.685


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el articulo 5° de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 y 820 del Estatuto Tributario, Arts.58 y 60 de la Resolucion 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Direccion General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y la Resolucion No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo. Resuelve: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2021_004 , entablado en contra del señor Jhon Fredy Cuaran Cuaran, identificado con C.C N° 1.086.299.685 , y determinado mediante auto de fecha 16 de mayo de 2023, por valor total OCHOCIENTOS NOVENTA MIL NOVENTA Y TRES PESOS CON OCHO CENTAVOS ($890.093,8) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado Jhon Fredy Cuaran Cuaran, identificado con C.C N° 1.086.299.685 advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Mayo 24, 2023 - 17:22 Regional Nariño
Auto del 03 de mayo del 2023 “Por medio del cual se aprueba la liquidación de la obligación de la obligación” en contra del señor EDWIN SEBASTIAN LOZADA CAICEDO C.C N° 1.085.332.489 Deja en Firme Liquidación

EDWIN SEBASTIAN LOZADA CAICEDO C.C N° 1.085.332.489


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el articulo 5° de la Ley 1066 de 2006, Arts. 817 Y 820 del Estatuto Tributario, Arts. 58 y 60 de la resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF "por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el Reglamento Interno de Cartera en el ICBF y la resolución No. 2934 de 2009 por la cual se crea el Manual de Cobro Administrativo Coactivo y resuelve: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 2023-001, entablado en contra del señor EDWIN SEBASTIAN LOZADA CAICEDO, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.085.332.489 y determinado mediante auto de fecha 11 de abril de 2023 por valor total OCHOSCIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS DIEZ PESOS ($819.710) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su Competencia. ARTICULO TERCERO:NOTIFICAR al ejecutado EDWIN SEBASTIAN LOZADA CAICEDO, identificado con cedula de ciudadanía No. 1.085.332.489, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso alguno.
Miércoles, Mayo 17, 2023 - 14:49 Regional Nariño
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION” en contra del señor OSCAR BOLIVAR MOREANO NASTACUAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.711.179 Deja en Firme Liquidación

OSCAR BOLIVAR MOREANO NASTACUAZ CC No. 87.711.179


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 1287 del 09 de diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 007-2022, entablado en contra del señor OSCAR BOLIVAR MOREANO NASTACUAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.711.179 y determinado mediante auto de fecha 02 de marzo de 2023, por valor total UN MILLON DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN PESOS CON DOS CENTAVOS PESOS ($1.261.971,2) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada OSCAR BOLIVAR MOREANO NASTACUAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.711.179, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Lunes, Marzo 27, 2023 - 14:36 Regional Nariño
AUTO "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACION DE LA OBLIGACION" EN CONTRA DEL SEÑOR CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO C.C 12.748.326 Deja en Firme Liquidación

CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO CC No. 12.748.326


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 1287 del 09 de Diciembre de 2022 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 005-2022, entablado en contra del señor CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.748.326 y determinado mediante auto de fecha 03 de enero de 2023, por valor total de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SETENTA Y SEIS PESOS ($ 1.350.076) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado CARLOS ALBERTO SALAS VALLEJO, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Febrero 1, 2023 - 17:12 Regional Nariño
AUTO “POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION”, Proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva No. 003-2022, EN CONTRA DE LA ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO Nit No. 800.099.076 Deja en Firme Liquidación

ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO Nit No. 800.099.076


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 00871 del 07 de junio de 2022 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 003-2022, entablado en contra de la ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO, identificada con Nit No. 800.099.076 y determinado mediante auto de fecha 30 de noviembre de 2022, por valor total de CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS ($46.702.960) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada ALCALDIA MUNICIPAL EL CHARCO, identificada con Nit No. 800.099.076, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Lunes, Diciembre 12, 2022 - 14:32 Regional Nariño
AUTO POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACION DEL PROCESO DE COBRO POR JURISDICCION COACTIVA No. 002-2022 EN CONTRA DE MARIA ELENA CARATAR Y OTROS CC No. 1.086.980.173 Deja en Firme Liquidación

MARIA ELENA CARATAR Y OTROS CC No. 1.086.980.173


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 00871 del 07 de julio de 2022 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y resuelve: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 002-2022, entablado en contra de la señora MARIA ELENA CARATAR Y OTROS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.086.980.173 y determinado mediante auto de fecha 09 de septiembre de 2022, por valor total de UN MILLON CIENTO DIECISIETE MIL SETECIENTOS PESOS ($ 1.117.700) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada MARIA ELENA CARATAR Y OTROS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.086.980.173, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Martes, Noviembre 8, 2022 - 14:46 Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2021-011 EN CONTRA DE ANGIE LIZETH FLOREZ ERAZO Deja en Firme Liquidación Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N°2021-016 EN CONTRA DE MARICELL ORDOÑEZ CERON Deja en Firme Liquidación Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN EN EL PROCESO N°2021-015 EN CONTRA DE MILLER AMPARO ERAZO ERAZO Deja en Firme Liquidación Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN EN EL PROCESO N°2021-014 EN CONTRA DE VIRGELINA ORTEGA MUÑOZ Deja en Firme Liquidación Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN EN EL PROCESO N°2021-022 EN CONTRA DE CARMEN LUCIA CERON YELA Deja en Firme Liquidación Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN EN EL PROCESO N°2021-021 EN CONTRA DE GLORIA ANGELITA CERON BRAVO Deja en Firme Liquidación Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N°2021-020 EN CONTRA DE ALICIA MUÑOZ CERON Deja en Firme Liquidación Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN EN EL PROCESO N°2021-019 EN CONTRA DE CLAUDIA XIMENA MUÑOZ MUÑOZ Deja en Firme Liquidación Regional Nariño
AUTO DE 03 DE FEBRERO DE 2022 " POR MEDIO DEL CUAL APRUEBA LIQUIDACIÓN dentro del proceso N°2018-049 a nombre de NESTOR DANIEL ARCOS DIAZ" Deja en Firme Liquidación

NESTOR DANIEL ARCOS DIAZ"


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 049-2018, entablado en contra del señor NESTOR DIANLE ARCOS DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.605 y determinado mediante auto de fecha 28 de febrero de 2019, por valor total de UN MILLON VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS DIEZ PESOS ($ 1.025.310) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado NESTOR DANIEL ARCOS DIAZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.244.605, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Febrero 11, 2022 - 15:02 Regional Nariño
AUTO QUE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2016-048 a nombre de CELIMO GARZON MENESES Deja en Firme Liquidación

CELIMO GARZON MENESES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, la Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 emanada de la Dirección General del ICBF “por medio de la cual se deroga la Resolución 384 de 2008 y se adopta el reglamento interno de cartera en el ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor del ICBF Regional Nariño a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 048-2016, entablado en contra del señor CELIMO GARZON MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.135.857 y determinado mediante auto de fecha 29 de noviembre de 2021, por valor total de UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y SIETE PESOS ($ 1.684.077) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado CELIMO GARZON MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.135.857, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Lunes, Enero 31, 2022 - 15:10 Regional Nariño
AUTO de 28 de julio de 2021 "Por medio del cual se aprueba liquidación del crédito de la obligación en referencia de Proceso de Cobro de Jurisdicción Coactiva N°013-2019 en contra de EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA" Deja en Firme Liquidación

EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 013-2019, entablado en contra del señor EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.841 y determinado mediante auto de fecha 28 de julio de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($ 800.835) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, EDGAR ORLANDO CALVACHE PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 12.745.841, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Agosto 18, 2021 - 09:15 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE JULIO DE 2021 " POR MEDIO DEL CUAL APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2021-006, en contra de EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES" Deja en Firme Liquidación

EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 006-2021, entablado en contra del señor EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.004.549.132 y determinado mediante auto de fecha 25 de junio de 2021, por valor total de SETECIENTOS CATORCE MIL NOVENTA Y SEIS PESOS ($714.096) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, EDGAR DARIO CORAL BENAVIDES, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.004.549.132, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Agosto 6, 2021 - 14:50 Regional Nariño
AUTO DE 21 DE JULIO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2021-004 EN CONTRA DE JHON FREDY CURAN CUARAN" Deja en Firme Liquidación

JHON FREDY CURAN CUARAN


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 004-2021, entablado en contra del JHON FREDY CUARAN CUARAN C.C. No. 1.086.299.685, y determinado mediante auto de fecha 01 de julio de 2021, por valor total de SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS OCHO PESOS MDA/CTE ($724.608). ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, JHON FREDY CUARAN CUARAN C.C. No. 1.086.299.685, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Viernes, Agosto 6, 2021 - 14:45 Regional Nariño
AUTO DE 18 DE FEBRERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN, dentro del proceso N°2020-025, en contra de ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO" Deja en Firme Liquidación

ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública, y RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 025-2020, entablado en contra de la señora ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.741 y determinado mediante auto de fecha 09 de noviembre de 2020, por valor total de SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA PESOS ($789.380) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR a la ejecutada, ELVIA PATRICIA BARRIOS CRIOLLO, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.088.971.741, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Marzo 4, 2021 - 10:42 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-014 EN CONTRA DE RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES" Deja en Firme Liquidación

RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 014-2020, entablado en contra del señor RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.028.683 y determinado mediante auto de fecha 09 de noviembre de 2020, por valor total de CUTROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS ($448.635) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, RAMIRO REMIGIO MENESES MENESES, identificado con cédula de ciudadanía No. 87.028.683, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Febrero 24, 2021 - 09:43 Regional Nariño
AUTO DE 29 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN dentro del proceso N°2020-017, en contra de DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ" Deja en Firme Liquidación

DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 017-2020, entablado en contra del señor DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.948.311 y determinado mediante auto de fecha 04 de enero de 2021, por valor total de OCHOIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS ($801.473) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, DIEGO FERNANDO LOPEZ JIMENEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.948.311, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Miércoles, Febrero 17, 2021 - 15:45 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-023 EN CONTRA DE NILVIO SALAZAR GOYES" Deja en Firme Liquidación

NILVIO SALAZAR GOYES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor NIKLVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS ($782.278) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, NILVIO SALAZAR GOYES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.014.647, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:24 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DEL PROCESO N° 2020-005 EN CONTRA DE ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES" Deja en Firme Liquidación

ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 023-2020, entablado en contra del señor ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificada con NIT. 800.073.748-5 y determinado mediante auto de fecha 25 de septiembre de 2020, por valor total de CIENTO CINCUENTA MIL TRESCIENTOS DIECISEIS PESOS ($150.316) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ASOCIACION DE USUARIOS DEL PROGRAMA HOGARES COMUNITARIOS DE BIENESTAR LOS ANGELES, identificado con NIT. 800.073.748-5, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:16 Regional Nariño
AUTO DE 27 DE ENERO DE 2021 "POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA LIQUIDACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DENTRO DEL PROCESO N°2020-003 EN CONTRA DE ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA" Deja en Firme Liquidación

ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA


La Funcionaria Ejecutora del ICBF Regional Nariño del ICBF, en uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley 1066 de 2006, Resolución 5003 del 17 de septiembre de 2020 de la Dirección General del ICBF, y la Resolución 04986 del 11 de octubre de 2019 mediante la cual se designa como funcionario ejecutor de la Sede de la Dirección General a una servidora pública. RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: APROBAR la liquidación de crédito adelantado en el proceso administrativo por jurisdicción coactiva No. 003-2020, entablado en contra del señor ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047 y determinado mediante auto de fecha 10 de diciembre de 2020, por valor total de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SESENTA PESOS ($858.060) MDA/CTE. ARTICULO SEGUNDO: OFICIESE a Contabilidad y Tesorería del ICBF Regional Nariño para lo de su competencia. ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR al ejecutado, ANDRES FELIPE BARRERA PANTOJA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.085.264.047, advirtiéndole que contra el presente Auto NO procede recurso.
Jueves, Febrero 11, 2021 - 16:13 Regional Nariño