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Notificaciones Procesos de Cobro Coactivos

El artículo 568 del estatuto tributario, modificado por el artículo 58 del Decreto 019 de 2012, prevé la notificación de los actos administrativos mediante la publicación en la página web de las entidades. Esta notificación se entenderá surtida para efectos de los términos de la administración, en la primera fecha de introducción al correo, pero para el contribuyente, el término para responder o impugnar se contará desde el día hábil siguiente a la publicación del aviso en el portal o de la corrección de la notificación.

Este mecanismo de notificación se utiliza una vez se haya intentado notificar al ejecutado de forma personal o mediante correo certificado, tal como como lo prevé el artículo 568 del estatuto tributario.

Nombre Tipo de notificación Destinatario Fecha fijación Ubicación
RES. 008 DE 2018 POR LA CUAL SE LIBRA UN MANDAMIENTO DE PAGO - HERMEZ MEDINA ZULETA Mandamiento de Pago

HERMEZ MEDINA ZULETA C.C. 96.196.151


ORDENA LIBRAR MANDAMIENTO DE PAGO A FAVOR DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR REGIONAL ARAUCA Y EN CONTRA DEL SEÑOR HERMEZ MEDINA ZULETA, IDENTIFICADO CON C.C. 96.196.151, POR LA SUMA DE $193.000 (CIENTO NOVENTA Y TRES MIL PESOS) M/CTE, POR CONCEPTO DE CAPITAL, MAS LA INDEXACION AL CAPITAL Y LOS INTERESES MORATORIOS QUE SE CAUSEN.
Miércoles, Junio 2, 2021 - 09:20 Regional Arauca